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Abogados especialistas · Toda España

Abogado de negligencias médicas en cirugía estética

Confiaste en mejorar y saliste con un resultado que te ha marcado por fuera y por dentro. Te prometieron algo que no cumplieron, o nadie te avisó de los riesgos reales. Si sospechas que hubo un error médico en tu cirugía estética, cuéntanos tu caso y lo estudiamos con un perito médico.

Somos un despacho de abogados especializado en negligencias médicas y llevamos casos de mala praxis en cirugía estética en toda España. Del lado del paciente, siempre. Lo primero que hacemos es estudiar tu caso antes de que des ningún paso: revisamos tu historia clínica, el consentimiento informado y las pruebas, y valoramos con un perito médico si hubo una negligencia médica en cirugía estética que se pueda reclamar. Cada caso lo trabaja un equipo con abogado y perito médico, porque en este ámbito el criterio médico y el jurídico se necesitan a la vez.

Cuándo hay negligencia médica en cirugía estética

No todo resultado que no te gusta es una negligencia médica. La medicina estética también tiene riesgos, y un resultado subjetivamente decepcionante no siempre da derecho a reclamar. Hablamos de mala praxis cuando el acto médico se apartó de la lex artis, es decir, de lo que un cirujano prudente habría hecho, y ese error te causó un daño evitable.

Para que exista responsabilidad tienen que encajar tres piezas: que hubo un error, que ese error incumplió la buena praxis y que existe una relación de causa efecto entre el fallo y el daño. Cuando esas piezas encajan, hay caso y hay derecho a reclamar. Demostrarlo es el trabajo del abogado y del perito médico, que compara lo que se hizo con lo que se debía hacer según los estándares de la profesión.

En cirugía estética se exige un resultado

Aquí hay una diferencia jurídica importante. En la mayoría de la medicina, el médico asume una obligación de medios: debe poner todo su empeño, aunque no pueda garantizar la curación. En la cirugía estética, al tratarse de una intervención voluntaria sobre una persona sana que busca mejorar, los tribunales exigen al médico algo más cercano a una obligación de resultados y una información especialmente detallada. Por eso, cuando el resultado del acto médico se aleja mucho de lo prometido o de lo razonable, la posición del paciente para reclamar al médico y a su seguro es más fuerte.

Diste el paso ilusionado, pensando en sentirte mejor contigo mismo, y en cambio arrastras secuelas físicas, dolor o una imagen que no reconoces. A la decepción se suma la vergüenza y la sensación de culpa por haberte operado. No estás solo, y cuando hubo un fallo médico evitable esto se puede reclamar. Cuéntanos tu caso y sal de dudas.

Errores y mala praxis más frecuentes en cirugía estética

Cada caso es distinto, pero estos son los patrones que más vemos convertidos en una reclamación por negligencia médica en cirugía estética:

  • Errores durante la intervención que dejan un resultado lesivo distinto del esperado: asimetrías, deformidades o cicatrices más allá de lo razonable.
  • Falta de información o de consentimiento informado sobre los riesgos reales y las alternativas antes de operar.
  • Mala praxis en el postoperatorio, cuando una complicación no se controla a tiempo por un seguimiento médico deficiente.
  • Falta de cualificación del cirujano o de la clínica para la técnica realizada. Verificar las credenciales del cirujano y elegir un centro autorizado es un factor clave para reducir riesgos.
  • Instalaciones o equipos inadecuados que no garantizan la seguridad del acto médico.
  • Infecciones postoperatorias por fallos de higiene o de protocolo, que pueden derivar en necrosis del tejido.
  • Antecedentes o factores de riesgo del paciente mal valorados por una evaluación preoperatoria insuficiente.
  • Secuelas físicas o psicológicas derivadas de un resultado dañino, incluidas la ansiedad y la depresión.

Dentro de la cirugía estética, algunos de los casos más frecuentes son los de implantes mamarios, liposucción y rinoplastia (la cirugía de la nariz), cada uno con su propia casuística y sus complicaciones. Si te reconoces en alguno de estos supuestos, merece la pena que un perito médico revise qué ocurrió antes de darlo por perdido.

Qué daños y secuelas puede dejar

El alcance de una negligencia médica en cirugía estética va desde lo estético hasta lo funcional y lo psicológico. Entre los daños y secuelas que valoramos con el perito médico están las deformidades y asimetrías, las cicatrices anómalas, las quemaduras, las lesiones nerviosas, las infecciones, la necesidad de cirugías de revisión para corregir el resultado y el fuerte daño moral y psicológico que deja verse dañado, con un impacto real en la calidad de vida. Cada uno de esos daños tiene una traducción jurídica y económica, así que el primer paso siempre es medir bien el daño con pruebas y con el criterio del perito médico.

Los casos de cirugía estética que más reclamamos

Como abogados de negligencias médicas, en cirugía estética vemos sobre todo cuatro grandes grupos de casos. El primero, los implantes mamarios: roturas, contracturas o prótesis defectuosas. El segundo, la liposucción, con irregularidades, quemaduras o daños por una extracción de grasa mal hecha. El tercero, la rinoplastia, cuando la cirugía de la nariz deja un resultado estético o funcional peor, con problemas para respirar. Y el cuarto, los tratamientos con láser y la medicina estética, con quemaduras y lesiones. En todos ellos hay un mismo hilo: el paciente confió en un profesional médico, el resultado fue dañino y nadie asume el error.

En cada caso, nuestro trabajo con el perito médico es el mismo: demostrar si el cirujano se apartó de la lex artis, si el consentimiento fue real y si el daño se pudo evitar. Ese análisis médico es lo que sostiene una reclamación de negligencia médica en cirugía estética, y lo que marca la diferencia entre una simple queja y un caso con recorrido. Por eso el primer paso es siempre el estudio médico del caso, antes de que te comprometas a nada.

El consentimiento informado en cirugía estética

El consentimiento informado es una pieza clave y, en cirugía estética, aún más. La Ley 41/2002 obliga a informarte de forma clara y detallada de los riesgos, de las alternativas y de los resultados que cabe esperar de verdad, no de los que aparecen en la publicidad. Ese documento debe entregarse con antelación, idealmente al menos veinticuatro horas antes de la intervención, para que decidas con calma, y firmarlo no exime al médico de su responsabilidad profesional si la técnica falló. Cuando no hubo esa información veraz, o el consentimiento fue un papel genérico, la falta de consentimiento informado es por sí sola una vía de reclamación, aunque la intervención se hubiera ejecutado bien.

Medicina voluntaria: por qué se juzga distinto

La cirugía estética se considera medicina voluntaria y no curativa: la persona, con frecuencia una mujer sana que decide operarse para sentirse mejor, no acude por un problema de salud, sino que lleva a cabo una intervención elegida. El Real Decreto 139/2003 la reconoce como especialidad médica, y ese punto de vista voluntario es el que lleva a los tribunales a exigir al médico una información más detallada sobre el resultado y sus límites. En este ámbito, la obtención de un consentimiento veraz, por escrito y con antelación, es una obligación reforzada. Ese matiz mejora la posición del paciente que reclama, sin que ello prometa un resultado ni sustituya la valoración del perito médico, que analiza cada acto médico en su orden y con las pruebas.

Cómo se reclama una negligencia médica por cirugía estética

Reclamar una mala praxis médica no es rellenar un escrito, es construir una prueba sólida, paso a paso. El proceso empieza por reunir tu historia clínica completa, con el protocolo quirúrgico, las fotografías previas, los presupuestos, la publicidad que te enseñaron y el consentimiento informado que firmaste. Tienes derecho a una copia y basta con solicitarla por escrito a la clínica o al centro. Es la base de todo, y si te la niegan, la reclamamos por ti.

Con esa documentación, un perito médico independiente analiza si se respetó la lex artis o si hubo un daño evitable. Ese informe pericial acredita la relación de causa efecto entre el acto médico y el daño, y es la pieza que sostiene la reclamación. A partir de ahí elegimos la vía adecuada:

  • La vía civil (artículo 1902 del Código Civil o la responsabilidad contractual), frente al cirujano, la clínica o su aseguradora, que es la más habitual en cirugía estética privada.
  • La vía penal, por imprudencia profesional, reservada a los casos más graves.
  • La vía contencioso-administrativa, si la intervención se realizó en un centro de la sanidad pública o de la Seguridad Social.

En la mayoría de casos se negocia primero con la aseguradora y solo se acude a los tribunales si no hay un acuerdo justo. Tú decides con toda la información delante.

Abogados de negligencias en cirugía estética en toda España

No necesitas tener el despacho en tu ciudad. Llevamos reclamaciones de cirugía estética con pacientes de toda España y la mayor parte del proceso se hace sin que tengas que moverte. Nuestro equipo médico y jurídico se ocupa de pedir la documentación, coordinar al perito médico y llevar la reclamación de principio a fin. Hacer valer tus derechos como paciente de una cirugía estética no debería depender de tener cerca a un buen abogado.

Indemnización por cirugía estética mal hecha

La indemnización por una negligencia en cirugía estética busca reparar todo el daño, no solo una parte. Con carácter orientativo se calcula tomando como referencia el baremo de la Ley 35/2015, el mismo que maneja el perito médico, adaptado a cada caso. Se valora:

  • El daño estético y las secuelas físicas permanentes.
  • El daño moral y psicológico, especialmente relevante en este ámbito.
  • El coste de las cirugías de revisión necesarias para corregir el resultado.
  • El lucro cesante, si has dejado de ingresar, y los gastos de tratamiento.

No podemos darte una cifra exacta sin ver tu documentación, y desconfía de quien te la prometa. Para hacerte una idea inicial, usa nuestra calculadora de indemnización. Es un punto de partida, no una cifra cerrada: cada caso se valora con su pericia.

Plazos para reclamar: no lo dejes pasar

El tiempo corre, y este es el error que más casos buenos echa a perder. Como regla general hay un año de plazo por la vía civil, pero no siempre empieza a contar el día de la operación: en muchos casos cuenta desde que las secuelas quedan estabilizadas y se conoce su alcance real. Como cada situación es distinta, cuanto antes lo consultes, más fuerte llega tu reclamación. Compruébalo en nuestro apartado de plazos.

Por qué elegirnos

Trabajamos solo negligencias médicas, con perito médico especializado desde el primer análisis. Sabemos leer una historia clínica de cirugía estética, entender el informe médico y saber dónde suelen estar los fallos, y eso marca la diferencia a la hora de sostener un caso frente al cirujano y su aseguradora. Cada caso lo lleva un abogado especializado, apoyado en el criterio del perito médico. Estudiamos tu caso primero: si no vemos base sólida, te lo decimos de frente. Y como sabemos que abrir un procedimiento asusta, también por lo económico, planteamos el proceso de forma que el coste no sea el motivo por el que renuncies a reclamar lo que es tuyo.

Preguntas frecuentes

¿Qué hago si una cirugía estética salió mal?
Actúa con cierta rapidez: pide tu historia clínica, guarda las fotografías, los presupuestos y la publicidad, y no firmes ningún documento de renuncia sin asesoramiento. Después, deja que un perito médico valore si hubo un fallo evitable antes de dar cualquier paso.

¿Puedo reclamar si no estoy conforme con el resultado?
Depende. En una cirugía estética, una simple insatisfacción subjetiva no basta, pero si el resultado se aleja mucho de lo prometido, hubo un error médico o no te informaron bien, hay base para reclamar. El perito médico y el consentimiento informado son la clave para distinguirlo.

¿Sirve de algo si firmé el consentimiento informado?
Sí. Firmar un papel no impide reclamar, y el consentimiento no exime al cirujano de su responsabilidad profesional. La Ley 41/2002 exige información real y detallada. Un documento genérico no equivale a una información veraz.

¿Cómo se reclama una cirugía estética mal hecha?
Se reúne la historia clínica, un perito médico emite su informe y, con esa base, se reclama por la vía civil frente al cirujano, la clínica o su aseguradora, o por la vía penal en los casos más graves. Nosotros llevamos todo el proceso.

¿Cómo reclamar a una clínica estética?
Reúne tu historia clínica y la documentación, y pide a un abogado especializado en negligencias médicas que estudie el caso con un perito médico. Si hay base, se presenta la reclamación por escrito a la clínica y a su aseguradora, y si no hay acuerdo, la negligencia en cirugía estética se reclama por la vía civil ante los tribunales.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Por regla general, un año desde que las secuelas se estabilizan por la vía civil, aunque para ciertos daños psicológicos el plazo puede alcanzar los cinco años. Al ser plazos cortos, conviene que lo revisemos cuanto antes.

Si crees que has sufrido una negligencia médica en cirugía estética, con secuelas o con un resultado dañino, cuéntanos tu caso. Lo estudiamos con nuestro perito médico y te decimos con claridad si podemos ayudarte.

Enlaces útiles: implantes mamarios · liposucción · rinoplastia · falta de consentimiento informado.

Cómo trabajamos

Primero estudiamos, luego reclamamos.

Antes de dar ningún paso, un perito médico revisa tu historia clínica y valoramos si el daño se pudo evitar. Si vemos recorrido, peleamos por la indemnización que te corresponde; si no lo vemos, te lo decimos de frente.

Trabajamos con pacientes de toda España y llevamos casi todo el proceso sin que tengas que moverte. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito y llevar la reclamación de principio a fin.

Lo primero, porque corre

El plazo para reclamar no espera a que estés listo.

La ley pone un límite y, cuando pasa, ya no hay nada que hacer aunque tuvieras razón. Por eso va aquí arriba y no escondido en una pregunta frecuente.

Sanidad pública1 año

Desde que el daño se estabiliza. Responsabilidad patrimonial.

Sanidad privadaHasta 5 años

Según el tipo de responsabilidad. Vía civil.

La claveCuándo arranca

El reloj no empieza el día del error, sino cuando el daño queda determinado.

Las tres vías para reclamar

Cada vía tiene su propio procedimiento y su propio plazo. Se decide según dónde y cómo se produjo el daño.

01 · pública

Vía administrativa

Responsabilidad patrimonial
  • Cuando el daño ocurre en la sanidad pública, frente a la Administración.
  • Conforme a la Ley 40/2015.
  • Plazo general de un año desde la estabilización de las secuelas.
  • Empieza con una reclamación administrativa previa.
02 · privada

Vía civil

Responsabilidad civil o contractual
  • Cuando el daño se produce en la sanidad privada, frente al médico, la clínica o su aseguradora.
  • Por el artículo 1902 del Código Civil, con plazo de un año.
  • O por la vía contractual, con un plazo más amplio.
  • El informe pericial sostiene la demanda.
03 · penal

Vía penal

Imprudencia profesional grave
  • Reservada a los casos más graves de imprudencia profesional.
  • Por los artículos 142 y 152 del Código Penal.
  • No es la vía habitual: la mayoría se resuelve por la patrimonial o la civil.

Elegir mal la vía puede hacer perder un buen caso. Por eso determinamos el ámbito correcto desde el principio.

Cómo trabaja un despacho de negligencias médicas

Construimos la prueba, paso a paso.

Reclamar una mala praxis no es rellenar un formulario. El proceso es siempre el mismo, para que sepas en todo momento por dónde vas.

01 / 04

Escuchamos tu caso

Reunimos la documentación, empezando por tu historia clínica completa, los informes de alta y las pruebas.

02 / 04

Un perito lo analiza

Un perito médico independiente estudia si hubo un error y si ese error causó el daño. Sin un buen informe pericial, una reclamación por negligencia médica no se sostiene ante los tribunales.

03 / 04

Elegimos la vía

Si el daño ocurrió en la sanidad pública, se reclama por responsabilidad patrimonial. Si fue en la privada, por responsabilidad civil. En los casos más graves cabe también la vía penal.

04 / 04

Reclamamos y te acompañamos

Reclamamos la indemnización y te acompañamos hasta el final, negociando con la aseguradora o litigando según convenga a tu caso.

En muchos asuntos se negocia primero con la compañía de seguros del hospital o del médico, y solo se acude al juzgado si no hay un acuerdo justo. Tú decides siempre con toda la información delante.

Tipos de caso que reclamamos

Sin nombres y sin cifras: el tipo de negligencia y la vía por la que se reclama.

Retraso de diagnóstico oncológico

Vía civil · sanidad privadaSe valora la pérdida de oportunidad terapéutica cuando el diagnóstico llega tarde.

Lesión en cirugía programada

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe estudia si la secuela era evitable a partir del informe pericial.

Falta de consentimiento informado

Vía civil · sanidad privadaSe analiza el daño derivado de una información insuficiente antes del tratamiento.

Infección tras una intervención

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe revisa si hubo un fallo en los protocolos de asepsia.

Cada caso es distinto y su resultado depende de sus circunstancias. Estas categorías son orientativas y no garantizan un resultado.

Cuéntanos qué pasó. Te decimos si hay caso.

Sin compromiso y con criterio. Revisamos tu situación y te orientamos sobre la vía y el plazo antes de que decidas nada.