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Abogados especialistas · Toda España

Abogado de negligencias médicas en aparato digestivo

Llevabas tiempo con molestias: dolor abdominal, cambios en el ritmo intestinal, sangre en las heces, pérdida de peso sin explicación. Volviste a consulta más de una vez y siempre había una razón para no investigar a fondo. Cuando por fin te hicieron la prueba que tocaba, la enfermedad ya estaba mucho más avanzada de lo que debería. Si sospechas un error en el manejo de tu problema digestivo, cuéntanos tu caso y lo estudiamos con un perito médico.

Somos un despacho de abogados especializado en negligencias médicas y trabajamos casos de mala praxis en el aparato digestivo en toda España. Del lado del paciente, siempre. Lo primero que hacemos es estudiar tu caso antes de que des ningún paso: si no vemos recorrido, te lo decimos de frente; si lo hay, peleamos por la indemnización que corresponde al paciente.

Cuándo un problema del aparato digestivo es una negligencia médica

El aparato digestivo incluye el esófago, el estómago, los intestinos, el hígado, el páncreas y la vesícula biliar, y cualquiera de esos órganos puede ser el origen de una reclamación. No todo diagnóstico digestivo tardío es responsabilidad de nadie: hay tumores silenciosos y cuadros difíciles que evolucionan pese a un buen seguimiento. Hablamos de negligencia médica cuando el médico se apartó de la lex artis, es decir, del estándar de cuidado que un profesional razonable habría seguido ante esos mismos síntomas, y ese error causó al paciente un daño evitable.

Para que existan responsabilidad y derecho a indemnización tienen que encajar tres piezas: que hubo un error, que ese error incumplió la buena práctica médica y que existe una relación de causa efecto entre el fallo y el daño del paciente. Muchas de las negligencias médicas en digestivo nacen por no pedir una colonoscopia ante un sangrado o una anemia sin aclarar, por no derivar a un especialista un cuadro que lo exigía o por una complicación evitable durante una intervención. Demostrarlo es el trabajo del abogado y del perito médico.

No es cuestión de mala suerte cuando el aviso estaba

El aparato digestivo da señales que la buena práctica obliga a tomarse en serio. Un sangrado, una anemia sin causa, la presencia de sangre en las heces, una pérdida de peso, un cambio persistente en las deposiciones. Son síntomas que, según la edad y los antecedentes del paciente, exigen una colonoscopia, una endoscopia o una derivación al especialista.

Cuando esos avisos se atribuyen sin más a hemorroides, a estrés o al colon irritable, se pierde un tiempo que en un cáncer de colon o de estómago permite la propagación de las células cancerígenas y puede marcar la diferencia entre un tumor operable y uno que ya se ha extendido. La rabia de descubrir que existían pruebas sencillas y no se pidieron es comprensible, y el impacto emocional de una negligencia así es profundo. Si los síntomas obligaban a actuar y no se actuó, eso puede ser una negligencia médica. Cuéntanos tu caso y sal de dudas.

Errores en el aparato digestivo más frecuentes

La cirugía y la medicina del aparato digestivo acumulan muchas de las reclamaciones por negligencias médicas. Estos son los errores que más veces vemos convertidos en un caso:

  • Cáncer de colon o de estómago no detectado a tiempo, con síntomas de alarma que no se estudiaron con la prueba adecuada.
  • No indicar la colonoscopia o la endoscopia que el cuadro y los protocolos exigían.
  • Complicaciones en pruebas o cirugías, como una perforación intestinal, una hemorragia o una lesión en órganos vecinos durante la intervención.
  • Suturas defectuosas que se abren y provocan una peritonitis.
  • Olvido de material quirúrgico dentro del paciente tras una operación abdominal.
  • Infecciones postoperatorias no vigiladas ni tratadas a tiempo.
  • Interpretación errónea de pruebas, una biopsia o una prueba de imagen mal leída que retrasó el diagnóstico.
  • Falta de seguimiento de resultados alterados o de patologías que quedaron sin tratar tras la cirugía.

En muchos casos, el daño no es el problema inicial, sino el tiempo perdido: el tumor que avanzó, la operación que se complicó, las secuelas que ya no se pudieron evitar. Si te reconoces en alguno de estos supuestos, merece la pena que un perito médico revise qué ocurrió.

Qué secuelas puede dejar una mala praxis digestiva

El alcance de una negligencia en el aparato digestivo va desde lo reversible hasta lo más grave. Entre las secuelas y lesiones que valoramos con el perito médico están la extensión de un cáncer que avanzó por el retraso, la necesidad de cirugías más amplias, una ostomía permanente, las complicaciones de una perforación intestinal no advertida a tiempo, el daño de una peritonitis por una perforación que liberó contenido bacteriano y, en los casos más duros, el fallecimiento del paciente.

Cada uno de esos daños tiene una traducción jurídica y económica. Por eso el primer paso siempre es medir bien el daño: sin una valoración seria, ninguna reclamación se sostiene.

Cómo demuestran los abogados una negligencia digestiva

Reclamar una mala praxis no es rellenar un formulario, es construir una prueba sólida. Nuestro proceso es siempre el mismo, para que sepas en todo momento por dónde vas.

El proceso empieza por reunir la historia clínica completa del paciente, con los informes de las pruebas, las anotaciones de las consultas y los resultados de laboratorio. Todo paciente tiene derecho a recibir copia de su historia clínica: se solicita por escrito al hospital, y conviene enviar esa petición por burofax para que quede constancia. Si el centro te la niega o la retrasa, la reclamamos por ti.

Con esa documentación, uno de nuestros peritos médicos especialistas en aparato digestivo analiza si hubo un error y si el daño se pudo evitar. Ese informe pericial es la pieza clave de cualquier reclamación: es lo que acredita la relación de causa efecto entre el fallo y el daño, y su calidad marca las probabilidades de éxito. Sin él, no hay caso que se sostenga ante los tribunales.

A partir de ahí, los abogados elegimos la vía correcta, porque equivocarla hace perder buenos casos:

  • Si el paciente se atendió en la sanidad pública, se reclama por responsabilidad patrimonial de la Administración (Ley 40/2015). El plazo general es de un año desde que las secuelas quedan estabilizadas.
  • Si fue en un centro o médico privado, se reclama por la vía civil (art. 1902 del Código Civil), también con un plazo de un año, o el contractual cuando proceda, frente al profesional, el hospital o su aseguradora, con la responsabilidad civil correspondiente.
  • En los casos más graves cabe además la vía penal por imprudencia profesional.

En los retrasos de cáncer entra además la pérdida de oportunidad: aunque nadie pueda asegurar la curación, el retraso privó al paciente de una posibilidad real de estar mejor, y eso se indemniza. La jurisprudencia del Tribunal Supremo reconoce esta figura en las negligencias médicas, y hay sentencias con condena por un diagnóstico digestivo tardío.

En la sanidad pública la reclamación se inicia por vía administrativa, conforme a la Ley 39/2015: se presenta por escrito ante la gerencia del hospital, la Administración dispone de seis meses para resolver y, si no contesta, opera el silencio y queda abierta la vía contencioso-administrativa. En la privada se negocia primero con la aseguradora y solo se acude al juzgado si no hay un acuerdo justo. Los plazos concretos pueden variar según la comunidad autónoma, así que conviene revisarlos cuanto antes.

El consentimiento informado en las pruebas digestivas

Antes de una colonoscopia, una endoscopia o una cirugía abdominal, el paciente debe firmar un consentimiento informado. La Ley 41/2002 regula la autonomía del paciente y su derecho a la información: ese consentimiento tiene que ser claro y comprensible, entregarse antes de la intervención y explicar los riesgos reales. Un documento genérico firmado a última hora no cumple la ley. La ausencia o el defecto de consentimiento informado es una infracción de la lex artis y, por sí sola, puede motivar una condena; además, firmarlo no exime al médico de su responsabilidad si actuó mal.

Abogados de negligencias digestivas en toda España

No necesitas tener el despacho en tu ciudad. Trabajamos con pacientes de toda España y la mayor parte del proceso se hace sin que tengas que moverte. Nuestros abogados se ocupan de pedir la documentación, coordinar a los peritos médicos y llevar la reclamación de principio a fin. Tú te centras en tu tratamiento.

Como víctima de una negligencia, el paciente tiene unos derechos concretos, y hacerlos valer no debería depender de tener cerca a un buen abogado. Por eso llevamos casos de mala praxis en el aparato digestivo en cualquier comunidad, tanto en la sanidad pública como en la privada.

Retrasos por listas de espera: cuándo se pueden reclamar

Un capítulo propio de la sanidad pública son las listas de espera, donde un paciente puede aguardar meses para una prueba o una intervención. Un retraso administrativo en una colonoscopia de cribado o en una prueba solicitada con carácter preferente puede, si agrava la enfermedad, generar responsabilidad. No basta con la demora en sí: hay que acreditar con el perito que ese tiempo perdido tuvo consecuencias sobre el pronóstico. Cuando así ocurre, esa demora también entra en la reclamación.

Indemnización por negligencia digestiva: qué puedes reclamar

La indemnización busca reparar todo el daño del paciente, no solo una parte. Con carácter orientativo se calcula tomando como referencia el baremo de tráfico de la Ley 35/2015, el mismo que se usa en accidentes, adaptado a cada caso. Se valora:

  • El daño personal y el sufrimiento durante el tiempo sin diagnóstico o tratamiento correcto.
  • Las secuelas que hayan quedado y su impacto en el día a día del paciente.
  • El daño moral, especialmente grave cuando el pronóstico empeoró o hubo un fallecimiento.
  • El lucro cesante, si el paciente ha dejado de ingresar por bajas o incapacidad.
  • Los gastos de tratamientos, cirugías, ostomías y cuidados posteriores.

No podemos darte una cifra exacta sin ver tu documentación, y desconfía de quien te la prometa. Para hacerte una idea inicial, usa nuestra calculadora de indemnización. Es un punto de partida, no una cifra cerrada: cada caso se valora con su pericia.

Plazos para reclamar: no lo dejes pasar

El tiempo corre, y este es el error que más casos buenos echa a perder. Como regla general hay un año de plazo, pero no siempre empieza a contar el día del diagnóstico: en muchos casos cuenta desde que las secuelas quedan estabilizadas y se conoce su alcance real. En un fallecimiento, desde el momento del deceso. Como cada situación es distinta, cuanto antes lo consultes, más fuerte llega tu reclamación. Compruébalo en nuestro apartado de plazos.

Por qué elegirnos

Trabajamos solo negligencias médicas, con peritos médicos especializados desde el primer análisis. Conocemos cómo se documenta un proceso digestivo y dónde suelen estar los fallos, y esa experiencia marca la diferencia a la hora de sostener un caso. Sabemos también que abrir un procedimiento asusta, también por lo económico. Por eso planteamos el proceso de forma que el coste no sea el motivo por el que renuncies a reclamar lo que es tuyo. Te lo explicamos con transparencia antes de dar cualquier paso, sin letra pequeña y sin promesas vacías.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un error médico?
Es un fallo evitable en la asistencia, por acción o por omisión, que se aparta del estándar de cuidado esperado. No todo error genera responsabilidad: para reclamar, ese error tiene que haber causado un daño al paciente y apartarse de la lex artis.

¿Cuándo se puede reclamar por un cáncer digestivo diagnosticado tarde?
Cuando había síntomas de alarma que obligaban a hacer una colonoscopia, una endoscopia o una derivación, y no se hizo lo que un profesional razonable habría hecho. Si ese retraso agravó el pronóstico, hay base para reclamar.

Tuve una perforación durante una colonoscopia, ¿es negligencia?
No siempre, porque es un riesgo conocido de la prueba. Se analiza si hubo un fallo de técnica o de manejo posterior, sobre todo si la perforación no se detectó a tiempo y derivó en peritonitis. Puedes ver más en la negligencia en colonoscopia.

¿Qué diferencia hay entre negligencia y mala praxis?
En la práctica se usan casi como sinónimos. La mala praxis es la actuación que se aparta de la lex artis; la negligencia es una de sus formas, por acción o por omisión. Lo relevante es que hubo un error evitable que causó un daño al paciente.

¿Cómo se demuestra una negligencia en el aparato digestivo?
Con la historia clínica, los informes de las pruebas y un informe pericial médico que compara lo que se hizo con lo que debía haberse hecho. Sin ese informe, la reclamación no prospera.

¿Y si firmé un consentimiento antes de la prueba?
Firmar un consentimiento no te quita el derecho a reclamar. La Ley 41/2002 exige que la información fuera real y comprensible, y el documento no exime al médico de su responsabilidad si actuó por debajo de la lex artis.

¿Dónde se hace la denuncia por negligencia médica?
Depende de la vía. En la sanidad pública se presenta primero una reclamación administrativa por escrito ante la gerencia del hospital (Ley 39/2015); en la privada, la reclamación civil se dirige contra el centro o su aseguradora. Para denunciar por la vía penal, reservada a los casos más graves, se acude al juzgado.

¿Cuánto te pueden indemnizar por una negligencia digestiva?
No hay una cifra fija: depende del daño, de las secuelas y del baremo de la Ley 35/2015 aplicado a tu caso. Sin ver la documentación, cualquier cantidad concreta sería un engaño.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Por regla general, un año desde que las secuelas se estabilizan. En un fallecimiento, desde el momento del deceso. Al ser un plazo corto, no lo dejes pasar.

Si sospechas que un error en el manejo de tu problema digestivo te causó un daño que se podía haber evitado, cuéntanos tu caso. Lo estudiamos con un perito médico y te decimos con claridad si podemos ayudarte.

Enlaces útiles: negligencia en colonoscopia · diagnóstico tardío de cáncer · error de diagnóstico · plazo para reclamar.

Cómo trabajamos

Primero estudiamos, luego reclamamos.

Antes de dar ningún paso, un perito médico revisa tu historia clínica y valoramos si el daño se pudo evitar. Si vemos recorrido, peleamos por la indemnización que te corresponde; si no lo vemos, te lo decimos de frente.

Trabajamos con pacientes de toda España y llevamos casi todo el proceso sin que tengas que moverte. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito y llevar la reclamación de principio a fin.

Lo primero, porque corre

El plazo para reclamar no espera a que estés listo.

La ley pone un límite y, cuando pasa, ya no hay nada que hacer aunque tuvieras razón. Por eso va aquí arriba y no escondido en una pregunta frecuente.

Sanidad pública1 año

Desde que el daño se estabiliza. Responsabilidad patrimonial.

Sanidad privadaHasta 5 años

Según el tipo de responsabilidad. Vía civil.

La claveCuándo arranca

El reloj no empieza el día del error, sino cuando el daño queda determinado.

Las tres vías para reclamar

Cada vía tiene su propio procedimiento y su propio plazo. Se decide según dónde y cómo se produjo el daño.

01 · pública

Vía administrativa

Responsabilidad patrimonial
  • Cuando el daño ocurre en la sanidad pública, frente a la Administración.
  • Conforme a la Ley 40/2015.
  • Plazo general de un año desde la estabilización de las secuelas.
  • Empieza con una reclamación administrativa previa.
02 · privada

Vía civil

Responsabilidad civil o contractual
  • Cuando el daño se produce en la sanidad privada, frente al médico, la clínica o su aseguradora.
  • Por el artículo 1902 del Código Civil, con plazo de un año.
  • O por la vía contractual, con un plazo más amplio.
  • El informe pericial sostiene la demanda.
03 · penal

Vía penal

Imprudencia profesional grave
  • Reservada a los casos más graves de imprudencia profesional.
  • Por los artículos 142 y 152 del Código Penal.
  • No es la vía habitual: la mayoría se resuelve por la patrimonial o la civil.

Elegir mal la vía puede hacer perder un buen caso. Por eso determinamos el ámbito correcto desde el principio.

Cómo trabaja un despacho de negligencias médicas

Construimos la prueba, paso a paso.

Reclamar una mala praxis no es rellenar un formulario. El proceso es siempre el mismo, para que sepas en todo momento por dónde vas.

01 / 04

Escuchamos tu caso

Reunimos la documentación, empezando por tu historia clínica completa, los informes de alta y las pruebas.

02 / 04

Un perito lo analiza

Un perito médico independiente estudia si hubo un error y si ese error causó el daño. Sin un buen informe pericial, una reclamación por negligencia médica no se sostiene ante los tribunales.

03 / 04

Elegimos la vía

Si el daño ocurrió en la sanidad pública, se reclama por responsabilidad patrimonial. Si fue en la privada, por responsabilidad civil. En los casos más graves cabe también la vía penal.

04 / 04

Reclamamos y te acompañamos

Reclamamos la indemnización y te acompañamos hasta el final, negociando con la aseguradora o litigando según convenga a tu caso.

En muchos asuntos se negocia primero con la compañía de seguros del hospital o del médico, y solo se acude al juzgado si no hay un acuerdo justo. Tú decides siempre con toda la información delante.

Tipos de caso que reclamamos

Sin nombres y sin cifras: el tipo de negligencia y la vía por la que se reclama.

Retraso de diagnóstico oncológico

Vía civil · sanidad privadaSe valora la pérdida de oportunidad terapéutica cuando el diagnóstico llega tarde.

Lesión en cirugía programada

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe estudia si la secuela era evitable a partir del informe pericial.

Falta de consentimiento informado

Vía civil · sanidad privadaSe analiza el daño derivado de una información insuficiente antes del tratamiento.

Infección tras una intervención

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe revisa si hubo un fallo en los protocolos de asepsia.

Cada caso es distinto y su resultado depende de sus circunstancias. Estas categorías son orientativas y no garantizan un resultado.

Cuéntanos qué pasó. Te decimos si hay caso.

Sin compromiso y con criterio. Revisamos tu situación y te orientamos sobre la vía y el plazo antes de que decidas nada.