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Abogados especialistas · Toda España

Abogado de negligencias médicas en el embarazo

Durante el embarazo te hicieron ecografías, analíticas y pruebas prenatales para que todo estuviera controlado. Confiabas en que, si algo importante ocurría, os lo dirían. Y no fue así. Si una malformación o una enfermedad que las pruebas debían detectar pasó desapercibida, cuéntanos tu caso y lo estudiamos con un perito médico especialista.

Somos un despacho de abogados especializado en negligencias médicas y en mala praxis en el seguimiento del embarazo, y trabajamos en toda España. El control de la gestación tiene un objetivo claro: vigilar la salud de la madre y del feto y detectar a tiempo lo que se pueda detectar. Cuando ese control falla, la sensación no es solo de mala suerte. Es la de que os quitaron la posibilidad de estar preparados, de buscar una segunda opinión, de tomar decisiones informadas sobre vuestra propia vida y vuestra familia. Y esa pérdida de autonomía duele de una forma muy particular.

Cuándo hay negligencia médica en el embarazo

No toda malformación no detectada es una negligencia médica. Hay anomalías que, con los medios disponibles y en el momento en que se hicieron las pruebas, no eran detectables. Por eso lo primero es estudiar si la información existía y no se aprovechó.

Hablamos de mala praxis cuando las pruebas prenatales debían mostrar el problema y no se realizaron, se ejecutaron mal, se interpretaron de forma incorrecta o su resultado no se comunicó a los padres. En esos casos se rompe la lex artis y se produce lo que la jurisprudencia conoce como wrongful birth: un daño consistente en haber sido privados de una información determinante para decidir. Para que haya responsabilidad sanitaria tienen que encajar el error, el incumplimiento de los protocolos y la relación de causa efecto entre el fallo y el daño.

Qué pruebas vigilan el embarazo y qué debe detectar cada una

El seguimiento de la gestación se apoya en un calendario de pruebas con estándares definidos, como los protocolos de la SEGO. Conocerlas ayuda a entender dónde pudo estar el fallo:

  • La ecografía morfológica del segundo trimestre está pensada para detectar malformaciones visibles del feto. Una ecografía mal realizada o mal interpretada que no las ve es uno de los supuestos más habituales.
  • El cribado combinado y las analíticas prenatales valoran el riesgo de cromosomopatías, como el síndrome de Down. No ofrecerlos cuando estaban indicados, o valorarlos mal, es un fallo de protocolo.
  • Las pruebas de confirmación, como la amniocentesis, se ofrecen cuando el cribado sale alterado. No derivar a la paciente para confirmar un resultado dudoso deja el diagnóstico a medias.
  • El seguimiento del embarazo de riesgo por edad, antecedentes o patología materna exige controles más estrechos.

La clave está en si esa información existía o podía existir y no llegó a los padres. Cuando el resultado se pierde, no se comunica o no se actúa sobre él, la buena práctica se ha roto.

Malformaciones fetales no detectadas y wrongful birth

Las malformaciones fetales son anomalías que en muchos casos pueden diagnosticarse durante la gestación si las pruebas se hacen y se interpretan como marca el protocolo. Cuando un error en una ecografía o en un cribado impide ese diagnóstico, los padres se ven privados de una información esencial para decidir sobre su embarazo. El daño no es la existencia del niño, sino la pérdida de esa información y de la posibilidad de decidir con conocimiento. La Ley Orgánica 2/2010 contempla la interrupción del embarazo por causas médicas dentro de determinados supuestos y plazos, y es esa opción de decidir la que un diagnóstico fallido arrebata. Por eso estas reclamaciones giran en torno al derecho a la información, amparado por la Ley 41/2002 sobre autonomía del paciente.

No estás sola en esto

Muchas familias que llegan a nuestro despacho lo describen igual: nadie las avisó de nada, todo parecía ir bien, y el diagnóstico llegó al nacer o poco después, cuando ya no había margen para decidir. Si las pruebas prenatales estaban indicadas, se hicieron mal o se interpretaron peor, y esa información nunca os llegó, hay motivos para revisar lo ocurrido con criterio médico. No hace falta que tengas certezas: para eso están el abogado y el perito. Cuéntanos cómo fue el seguimiento y sal de dudas.

Fallos en las pruebas del embarazo más frecuentes

Estos son los supuestos que analizamos junto a un perito médico:

  • Ecografías morfológicas mal realizadas o mal interpretadas que no detectaron una malformación visible.
  • Cribados y analíticas prenatales no ofrecidos o mal valorados pese a estar indicados, incluidos los del síndrome de Down.
  • Resultados alterados que no se comunicaron ni se derivaron para pruebas de confirmación.
  • Falta de seguimiento de un embarazo de riesgo por edad, antecedentes o patología materna.
  • Ausencia de información sobre las opciones diagnósticas disponibles en cada fase de la gestación.

Cuando el problema surge en el parto o en las semanas finales, el caso enlaza con la negligencia en el parto. Si el origen está en la atención ginecológica previa, lo tratamos en negligencia ginecológica. Y como aquí la información es el eje de todo, conviene revisar también la falta de consentimiento informado.

Preeclampsia y otros riesgos del embarazo mal vigilados

No todo se reduce a las malformaciones. El control del embarazo también sirve para vigilar la salud de la madre y anticipar complicaciones. La preeclampsia, por ejemplo, es un trastorno de la tensión arterial que, si no se detecta y se trata a tiempo, puede dañar órganos de la madre y comprometer al feto. Una atención prenatal adecuada reduce las complicaciones y la mortalidad perinatal, mientras que un seguimiento deficiente puede aumentar el riesgo de parto prematuro o de sufrimiento fetal. Cuando esos signos de alarma estaban ahí y no se actuó, hay margen para revisar si hubo negligencia médica.

Qué consecuencias puede dejar una negligencia en el embarazo

El daño en estos supuestos es sobre todo la privación de información y de decisión, pero no solo. Se valoran el daño moral de los padres, las secuelas y necesidades del bebé cuando la malformación conlleva discapacidad, los gastos y adaptaciones que requiere su cuidado, y el impacto laboral y familiar de una situación para la que no se os permitió prepararos. En algunas familias, además, la vivencia deja una huella psicológica que también forma parte del daño. Medir bien todas esas consecuencias es imprescindible para que la reclamación se sostenga.

Cómo demuestra el abogado una negligencia en el embarazo

Reunimos tu historia clínica completa de la gestación: informes de las ecografías con sus imágenes, resultados de cribados y analíticas, hojas de consulta y cualquier registro de la información que se te dio. Es tu derecho tenerla y se solicita por escrito al hospital.

Con ese material, un perito médico especialista en ginecología y obstetricia analiza si las pruebas se hicieron e interpretaron correctamente y si el resultado se comunicó como debía. Ese informe pericial es la pieza clave de la reclamación por responsabilidad sanitaria. Con él, planteamos la demanda por la vía adecuada:

  • Si el seguimiento fue en la sanidad pública, se reclama como responsabilidad patrimonial de la Administración (Ley 40/2015), con un plazo general de un año.
  • Si fue en un centro privado, la vía es la civil del artículo 1902 del Código Civil, frente al profesional, el hospital o su aseguradora.
  • En los casos más graves, cuando el daño es serio, cabe también la vía penal por imprudencia, y el profesional puede afrontar responsabilidad administrativa.

En estos casos pesa mucho el derecho a la información, amparado por la Ley 41/2002 sobre autonomía del paciente.

Abogados de negligencias en el embarazo en toda España

No necesitas tener el despacho en tu ciudad. Trabajamos con familias de toda España y la mayor parte del proceso se hace sin que tengas que moverte. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito médico y llevar la reclamación de principio a fin, tanto en la sanidad pública como en la privada.

Indemnización por negligencia en el embarazo: qué puedes reclamar

La indemnización atiende al daño derivado de haber sido privados de información y de decisión, y a las consecuencias que ello ha tenido para la familia. Se valoran el daño moral, los gastos y necesidades adicionales de atención del menor, las adaptaciones y apoyos que requiera, y el lucro cesante de los padres que han tenido que reorganizar su vida laboral.

El baremo de la Ley 35/2015 sirve de referencia orientativa. Para hacerte una idea inicial, usa nuestra calculadora de indemnización, sabiendo que cada caso tiene sus particularidades y que la cantidad final la determina el informe pericial.

Plazos para reclamar: no lo dejes pasar

En la sanidad pública el plazo general es de un año; en la privada existen otros plazos más amplios, que pueden llegar a cinco años por la vía contractual. El cómputo empieza a contar desde que se conoce el daño y su alcance, y cuando el afectado es el menor puede tener matices, pero lo prudente es consultar cuanto antes para no perder derechos. Repasa el detalle en la guía de plazos para reclamar.

Por qué elegirnos

Defendemos únicamente a los pacientes y a las familias. Antes de dar cualquier paso valoramos el caso con un perito médico, porque en las reclamaciones de seguimiento del embarazo la clave está en demostrar qué se pudo detectar y qué se comunicó. Atendemos en toda España y llevamos estos asuntos con la delicadeza y la reserva que merecen. Sobre el coste, preferimos hablarlo abiertamente desde el principio: que la situación económica no te impida reclamar algo tan importante. Te lo explicamos con claridad, sin prometerte un resultado que no depende de nosotros.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo una malformación no detectada es negligencia?
Cuando las pruebas prenatales debían mostrarla y no se hicieron, se realizaron mal, se interpretaron de forma incorrecta o su resultado no se os comunicó. Si la anomalía no era detectable con los medios disponibles en ese momento, no hay negligencia, y eso lo valora un perito médico.

¿Qué es una reclamación por wrongful birth?
Es la que se plantea cuando un fallo en el diagnóstico prenatal privó a los padres de una información determinante para tomar decisiones sobre el embarazo. El daño no es la existencia del niño, sino la pérdida de esa información y de la posibilidad de decidir con conocimiento.

¿Qué pruebas del embarazo pueden dar lugar a una reclamación?
Sobre todo la ecografía morfológica, el cribado combinado y las analíticas prenatales, y las pruebas de confirmación como la amniocentesis. Cuando alguna de ellas no se ofrece estando indicada, se hace mal o su resultado no se comunica, puede haber negligencia.

¿Qué diferencia hay entre negligencia y mala praxis?
Se usan como equivalentes: ambas describen una asistencia que se apartó de la buena práctica y causó un daño evitable. El error médico es el fallo en sí, que solo genera responsabilidad cuando incumple la lex artis y provoca un daño.

¿Cómo se demuestra?
Con la historia clínica completa del embarazo, las imágenes de las ecografías, los resultados de los cribados y el registro de la información facilitada, todo analizado por un perito médico especialista.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
En la sanidad pública el plazo general es de un año desde que se conoce el daño; en la privada existen otros plazos, de hasta cinco años. Lo prudente es consultar cuanto antes para no perder derechos.

¿Qué es un error médico y qué tipos hay?
Un error médico es un fallo en la asistencia sanitaria. Los hay de diagnóstico, de tratamiento o cirugía, de medicación, de seguimiento y de información al paciente. Solo genera responsabilidad cuando incumple la lex artis y causa un daño evitable.

¿Cuáles son las negligencias médicas más comunes?
Entre las más frecuentes están los errores y retrasos de diagnóstico, los errores quirúrgicos, los de medicación, las infecciones evitables, la falta de consentimiento informado y los fallos de seguimiento. La falta de detección de malformaciones en el embarazo figura entre las que más reclamaciones generan.

¿Cuánto te pueden indemnizar por una negligencia médica?
No hay una cifra fija. Se calcula con el baremo de la Ley 35/2015 como referencia y depende del alcance de las secuelas, el daño moral, el lucro cesante y los gastos. Cada caso lo valora su informe pericial.

¿Cuánto cobra un abogado por una negligencia médica?
No trabajamos con tarifas cerradas ni queremos que el coste sea una barrera. En la primera valoración estudiamos tu caso y te explicamos con transparencia cómo planteamos el asunto, para que el coste no sea el motivo por el que renuncies a reclamar.

No hace falta que lo tengas todo claro para empezar. Cuéntanos cómo fue el seguimiento de tu embarazo y lo estudiamos contigo, con criterio médico, para decirte si hay una reclamación viable.

Enlaces útiles: negligencia en el parto · negligencia ginecológica · falta de consentimiento informado · plazo para reclamar.

Cómo trabajamos

Primero estudiamos, luego reclamamos.

Antes de dar ningún paso, un perito médico revisa tu historia clínica y valoramos si el daño se pudo evitar. Si vemos recorrido, peleamos por la indemnización que te corresponde; si no lo vemos, te lo decimos de frente.

Trabajamos con pacientes de toda España y llevamos casi todo el proceso sin que tengas que moverte. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito y llevar la reclamación de principio a fin.

Lo primero, porque corre

El plazo para reclamar no espera a que estés listo.

La ley pone un límite y, cuando pasa, ya no hay nada que hacer aunque tuvieras razón. Por eso va aquí arriba y no escondido en una pregunta frecuente.

Sanidad pública1 año

Desde que el daño se estabiliza. Responsabilidad patrimonial.

Sanidad privadaHasta 5 años

Según el tipo de responsabilidad. Vía civil.

La claveCuándo arranca

El reloj no empieza el día del error, sino cuando el daño queda determinado.

Las tres vías para reclamar

Cada vía tiene su propio procedimiento y su propio plazo. Se decide según dónde y cómo se produjo el daño.

01 · pública

Vía administrativa

Responsabilidad patrimonial
  • Cuando el daño ocurre en la sanidad pública, frente a la Administración.
  • Conforme a la Ley 40/2015.
  • Plazo general de un año desde la estabilización de las secuelas.
  • Empieza con una reclamación administrativa previa.
02 · privada

Vía civil

Responsabilidad civil o contractual
  • Cuando el daño se produce en la sanidad privada, frente al médico, la clínica o su aseguradora.
  • Por el artículo 1902 del Código Civil, con plazo de un año.
  • O por la vía contractual, con un plazo más amplio.
  • El informe pericial sostiene la demanda.
03 · penal

Vía penal

Imprudencia profesional grave
  • Reservada a los casos más graves de imprudencia profesional.
  • Por los artículos 142 y 152 del Código Penal.
  • No es la vía habitual: la mayoría se resuelve por la patrimonial o la civil.

Elegir mal la vía puede hacer perder un buen caso. Por eso determinamos el ámbito correcto desde el principio.

Cómo trabaja un despacho de negligencias médicas

Construimos la prueba, paso a paso.

Reclamar una mala praxis no es rellenar un formulario. El proceso es siempre el mismo, para que sepas en todo momento por dónde vas.

01 / 04

Escuchamos tu caso

Reunimos la documentación, empezando por tu historia clínica completa, los informes de alta y las pruebas.

02 / 04

Un perito lo analiza

Un perito médico independiente estudia si hubo un error y si ese error causó el daño. Sin un buen informe pericial, una reclamación por negligencia médica no se sostiene ante los tribunales.

03 / 04

Elegimos la vía

Si el daño ocurrió en la sanidad pública, se reclama por responsabilidad patrimonial. Si fue en la privada, por responsabilidad civil. En los casos más graves cabe también la vía penal.

04 / 04

Reclamamos y te acompañamos

Reclamamos la indemnización y te acompañamos hasta el final, negociando con la aseguradora o litigando según convenga a tu caso.

En muchos asuntos se negocia primero con la compañía de seguros del hospital o del médico, y solo se acude al juzgado si no hay un acuerdo justo. Tú decides siempre con toda la información delante.

Tipos de caso que reclamamos

Sin nombres y sin cifras: el tipo de negligencia y la vía por la que se reclama.

Retraso de diagnóstico oncológico

Vía civil · sanidad privadaSe valora la pérdida de oportunidad terapéutica cuando el diagnóstico llega tarde.

Lesión en cirugía programada

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe estudia si la secuela era evitable a partir del informe pericial.

Falta de consentimiento informado

Vía civil · sanidad privadaSe analiza el daño derivado de una información insuficiente antes del tratamiento.

Infección tras una intervención

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe revisa si hubo un fallo en los protocolos de asepsia.

Cada caso es distinto y su resultado depende de sus circunstancias. Estas categorías son orientativas y no garantizan un resultado.

Cuéntanos qué pasó. Te decimos si hay caso.

Sin compromiso y con criterio. Revisamos tu situación y te orientamos sobre la vía y el plazo antes de que decidas nada.