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Abogados especialistas · Toda España

Abogado de negligencias médicas en el parto

El parto tenía que ser el principio de todo, y algo se torció. Puede que a tu bebé le pasara algo que nadie os supo explicar, o que tú salieras del paritorio con una lesión que no esperabas. Si sospechas que hubo una negligencia en el parto, cuéntanos tu caso y lo estudiamos con un perito médico especialista.

Somos un despacho de abogados especializado en negligencias médicas y trabajamos casos de mala praxis obstétrica en toda España. Del lado de la madre, del bebé y de la familia, siempre. Lo primero que hacemos es estudiar tu caso antes de que des ningún paso: si no vemos recorrido, te lo decimos de frente; si lo hay, peleamos por la indemnización que os corresponde.

Cuesta dar el paso de reclamar por un parto

Sabemos que llegar hasta aquí, hasta la palabra reclamar, cuesta. Estabas centrada en tu hijo, en recuperarte, en salir adelante día a día, y hablar de responsabilidades parecía secundario. Pero la sensación de que en aquellas horas alguien no hizo lo que debía no se va sola. Y no es paranoia tuya. El parto es un momento de máxima vigilancia médica, y cuando esa vigilancia falla las consecuencias pueden marcar toda una vida.

Cuándo un parto es una negligencia médica

No todo parto difícil es una negligencia médica. Los partos tienen riesgos, y un mal resultado no significa por sí solo que hubo un error médico. La clave está en la lex artis, es decir, en lo que un equipo obstétrico competente habría hecho ante esa misma situación.

Un abogado de negligencias en el parto reclama cuando el daño era evitable y se produjo porque el equipo se apartó de esa buena práctica. Por ejemplo, cuando el registro cardiotocográfico mostraba señales claras de que el bebé sufría y no se reaccionó, o cuando una cesárea que estaba indicada se retrasó sin justificación. Para que exista responsabilidad sanitaria tienen que encajar tres piezas: que hubo un fallo, que ese fallo incumplió la buena práctica y que existe una relación de causa efecto entre el fallo y el daño. Cuando esas tres piezas encajan, hay caso y hay derecho a reclamar una indemnización.

No estás imaginando lo que pasó

Muchas familias que llegan a nuestro despacho comparten lo mismo: nadie les dio respuestas claras. Les hablaron de complicaciones, de que «estas cosas pasan», de que «se hizo todo lo posible», pero al leer la historia clínica aparecen decisiones tardías, registros que no cuadran, señales de alarma que estaban ahí y no se atendieron. No buscáis culpar a nadie por deporte. Buscáis entender qué ocurrió y que se reconozca.

Aquí no vamos a prometerte nada que no podamos cumplir. Lo que sí hacemos es estudiar tu caso con un perito médico, comparar lo que pasó con lo que marca la buena práctica y decirte con honestidad si hay una reclamación viable. Cuéntanos tu caso y sal de dudas.

Errores y negligencias médicas en partos más frecuentes

Cada historia es distinta, pero hay patrones que se repiten en los casos que revisamos. Los errores en la asistencia al parto suelen encajar en alguno de estos grupos:

  • Errores en el monitoreo y el diagnóstico: no vigilar el bienestar del feto, no interpretar bien el registro cardiotocográfico o pasar por alto los signos de sufrimiento fetal.
  • Falta de detección o de reacción ante el sufrimiento fetal, cuando la monitorización avisaba y no se actuó.
  • Retraso en indicar o en practicar la cesárea, dejando pasar minutos que en un parto valen mucho.
  • Uso incorrecto de fórceps o ventosa, con maniobras mal ejecutadas que dañan al bebé o a la madre.
  • Errores en la administración de oxitocina, que provocan contracciones excesivas y comprometen la oxigenación del bebé.
  • Falta de monitorización adecuada durante la dilatación o el expulsivo.
  • Errores en la atención y el tratamiento postparto, cuando una hemorragia o una infección no se controlan a tiempo.

Si te reconoces en alguno de estos puntos, no significa que tengas la razón de forma automática. Significa que merece la pena mirarlo a fondo con un perito médico. Situaciones vecinas las tratamos en detalle en sufrimiento fetal, en parálisis cerebral en el parto y en negligencia en cesárea.

Qué lesiones puede sufrir el bebé por una negligencia en el parto

Cuando el fallo afecta al recién nacido, las consecuencias suelen ser graves y muchas veces permanentes. Estas son las lesiones que con más frecuencia valoramos con el perito médico:

  • Parálisis cerebral por una hipoxia o asfixia perinatal que se pudo evitar.
  • Encefalopatía hipóxico-isquémica, el daño cerebral que deja la falta de oxígeno durante el parto.
  • Lesión del plexo braquial o parálisis braquial obstétrica, habitual tras una distocia de hombros mal resuelta, con pérdida de movilidad en el brazo.
  • Traumatismo craneal o facial y fracturas por un uso inadecuado del instrumental.
  • En los casos más duros, el fallecimiento del bebé.

Cada uno de estos daños tiene una traducción jurídica y económica. Por eso el primer paso siempre es medir bien el alcance de la lesión y su relación con lo que ocurrió en el paritorio.

Qué lesiones puede sufrir la madre

El daño no siempre recae en el bebé. La madre también puede salir del parto con secuelas evitables que merecen reclamarse:

  • Desgarros perineales graves mal atendidos o suturados de forma defectuosa.
  • Hemorragias postparto no controladas a tiempo.
  • Perforación uterina o vesical y lesiones de vejiga o uretra.
  • Prolapso de órganos pélvicos e incontinencia urinaria o fecal por lesiones del suelo pélvico.
  • Infecciones del tracto genital tras el alumbramiento.
  • Hematomas vulvares, vaginales o perineales de importancia.

Estas lesiones pueden condicionar la vida diaria durante años, y su impacto físico y emocional se valora en la reclamación igual que el daño al bebé.

Cómo demuestra el abogado una mala praxis en el parto

Reclamar una mala praxis médica no es rellenar un formulario, es construir una prueba sólida. El primer paso siempre es la historia clínica completa. Pedimos mucho más que el informe de alta: el partograma, el registro de monitorización fetal, las gráficas de constantes, las anotaciones de matrona y las órdenes médicas con sus horas. Ahí está la película de lo que pasó, y ahí es donde un perito médico especialista en obstetricia puede ver si las decisiones se tomaron a tiempo.

Con ese informe pericial en la mano determinamos si hubo negligencia médica y encaminamos la reclamación por la vía que corresponda:

  • Si el parto fue en la sanidad pública, se reclama como responsabilidad patrimonial de la Administración por la Ley 40/2015, con un plazo general de un año desde la estabilización de las secuelas.
  • Si fue en un centro privado, la vía es la civil del artículo 1902 del Código Civil, o la contractual cuando proceda, frente al centro, el profesional o su aseguradora.
  • En los casos más graves cabe además la vía penal por imprudencia profesional.

En la mayoría de casos se negocia primero con la aseguradora y solo se acude a los tribunales si no hay un acuerdo justo. Tú decides con toda la información delante.

Abogados especialistas en negligencias médicas en partos en toda España

No necesitas tener el despacho en tu ciudad. Trabajamos con familias de toda España, tanto en la sanidad pública como en la privada, y la mayor parte del proceso se hace sin que tengas que moverte. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito médico y llevar la reclamación de principio a fin, con la discreción que un tema así merece. Tú te centras en tu hijo y en recuperarte.

Indemnización por negligencia en el parto: qué puedes reclamar

La indemnización busca reparar todo el daño, no solo el susto. Se valora tomando como referencia orientativa el baremo de la Ley 35/2015, el mismo marco que sirve para los daños corporales, adaptado a cada caso. Incluye:

  • Las secuelas físicas y neurológicas de la madre o del bebé.
  • El daño moral, especialmente grave cuando hay una lesión irreversible o un fallecimiento.
  • Los gastos de tratamiento, rehabilitación y cuidados futuros.
  • El lucro cesante, si alguien ha tenido que dejar de trabajar para atender a la familia.

Cuando el daño al bebé es grave y permanente, el importe crece porque entra en juego el cuidado a largo plazo. No podemos darte una cifra exacta sin ver tu documentación, y desconfía de quien te la prometa. Para hacerte una primera idea, usa nuestra calculadora de indemnización, teniendo en cuenta que la cifra final depende del informe pericial.

Plazos para reclamar una negligencia médica en el parto

El tiempo corre, y este es el error que más casos buenos echa a perder. Como regla general hay un año de plazo en la vía patrimonial, pero no siempre empieza a contar el día del parto: en muchos casos cuenta desde que las secuelas quedan estabilizadas y se conoce su alcance real. Cuando el afectado es el bebé y sus secuelas tardan en definirse, el cómputo puede iniciarse más tarde. Aun así, lo prudente es no esperar. Compruébalo en nuestra guía de plazos para reclamar.

Por qué elegirnos

Trabajamos solo negligencias médicas, del lado del paciente y de la familia, nunca de hospitales ni de aseguradoras. Estudiamos cada caso con perito médico antes de dar un paso, porque una reclamación de parto sin base pericial no va a ningún sitio. Damos cobertura en toda España y llevamos el asunto con discreción. Y sobre el coste, queremos que lo tengas claro desde el principio: el dinero no debería ser el motivo por el que renuncies a reclamar algo así. Te explicamos con transparencia cómo trabajamos antes de que decidas nada, sin letra pequeña y sin promesas vacías.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los problemas más comunes en el parto?
Los que más vemos son el sufrimiento fetal no atendido a tiempo, el retraso en la cesárea, el mal uso de fórceps o ventosa, la falta de monitorización y las lesiones a la madre por una atención deficiente. No todos son negligencia, pero todos merecen revisarse cuando hay un daño.

¿Cuándo el daño en el parto es negligencia?
Cuando ese daño era evitable y se produjo porque el equipo no actuó como marca la buena práctica médica. Un mal resultado no basta: hay que probar, con un perito médico y con la historia clínica, que se incumplió la lex artis y que ese fallo causó el daño.

¿Cómo se demuestra una negligencia en el parto?
Con la historia clínica completa, muy especialmente el partograma y el registro de monitorización fetal, analizados por un perito médico. Esos documentos permiten reconstruir hora a hora las decisiones y compararlas con lo que se debería haber hecho.

¿Qué lesiones del bebé se pueden reclamar?
Desde una parálisis cerebral o una encefalopatía por falta de oxígeno hasta una lesión del plexo braquial o un traumatismo por el instrumental. Cualquier daño evitable causado por una mala asistencia al parto es reclamable.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Depende de la vía. En la sanidad pública el plazo general es de un año desde que se estabilizan las secuelas; en la privada también hay plazos que conviene no apurar. Es mejor consultar cuanto antes para no perder derechos.

No tienes que tener todas las respuestas para dar el primer paso. Cuéntanos qué pasó en tu parto y lo estudiamos contigo, con un perito médico, para decirte si hay una reclamación posible.

Enlaces útiles: sufrimiento fetal · parálisis cerebral en el parto · negligencia en cesárea · plazo para reclamar.

Cómo trabajamos

Primero estudiamos, luego reclamamos.

Antes de dar ningún paso, un perito médico revisa tu historia clínica y valoramos si el daño se pudo evitar. Si vemos recorrido, peleamos por la indemnización que te corresponde; si no lo vemos, te lo decimos de frente.

Trabajamos con pacientes de toda España y llevamos casi todo el proceso sin que tengas que moverte. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito y llevar la reclamación de principio a fin.

Lo primero, porque corre

El plazo para reclamar no espera a que estés listo.

La ley pone un límite y, cuando pasa, ya no hay nada que hacer aunque tuvieras razón. Por eso va aquí arriba y no escondido en una pregunta frecuente.

Sanidad pública1 año

Desde que el daño se estabiliza. Responsabilidad patrimonial.

Sanidad privadaHasta 5 años

Según el tipo de responsabilidad. Vía civil.

La claveCuándo arranca

El reloj no empieza el día del error, sino cuando el daño queda determinado.

Las tres vías para reclamar

Cada vía tiene su propio procedimiento y su propio plazo. Se decide según dónde y cómo se produjo el daño.

01 · pública

Vía administrativa

Responsabilidad patrimonial
  • Cuando el daño ocurre en la sanidad pública, frente a la Administración.
  • Conforme a la Ley 40/2015.
  • Plazo general de un año desde la estabilización de las secuelas.
  • Empieza con una reclamación administrativa previa.
02 · privada

Vía civil

Responsabilidad civil o contractual
  • Cuando el daño se produce en la sanidad privada, frente al médico, la clínica o su aseguradora.
  • Por el artículo 1902 del Código Civil, con plazo de un año.
  • O por la vía contractual, con un plazo más amplio.
  • El informe pericial sostiene la demanda.
03 · penal

Vía penal

Imprudencia profesional grave
  • Reservada a los casos más graves de imprudencia profesional.
  • Por los artículos 142 y 152 del Código Penal.
  • No es la vía habitual: la mayoría se resuelve por la patrimonial o la civil.

Elegir mal la vía puede hacer perder un buen caso. Por eso determinamos el ámbito correcto desde el principio.

Cómo trabaja un despacho de negligencias médicas

Construimos la prueba, paso a paso.

Reclamar una mala praxis no es rellenar un formulario. El proceso es siempre el mismo, para que sepas en todo momento por dónde vas.

01 / 04

Escuchamos tu caso

Reunimos la documentación, empezando por tu historia clínica completa, los informes de alta y las pruebas.

02 / 04

Un perito lo analiza

Un perito médico independiente estudia si hubo un error y si ese error causó el daño. Sin un buen informe pericial, una reclamación por negligencia médica no se sostiene ante los tribunales.

03 / 04

Elegimos la vía

Si el daño ocurrió en la sanidad pública, se reclama por responsabilidad patrimonial. Si fue en la privada, por responsabilidad civil. En los casos más graves cabe también la vía penal.

04 / 04

Reclamamos y te acompañamos

Reclamamos la indemnización y te acompañamos hasta el final, negociando con la aseguradora o litigando según convenga a tu caso.

En muchos asuntos se negocia primero con la compañía de seguros del hospital o del médico, y solo se acude al juzgado si no hay un acuerdo justo. Tú decides siempre con toda la información delante.

Tipos de caso que reclamamos

Sin nombres y sin cifras: el tipo de negligencia y la vía por la que se reclama.

Retraso de diagnóstico oncológico

Vía civil · sanidad privadaSe valora la pérdida de oportunidad terapéutica cuando el diagnóstico llega tarde.

Lesión en cirugía programada

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe estudia si la secuela era evitable a partir del informe pericial.

Falta de consentimiento informado

Vía civil · sanidad privadaSe analiza el daño derivado de una información insuficiente antes del tratamiento.

Infección tras una intervención

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe revisa si hubo un fallo en los protocolos de asepsia.

Cada caso es distinto y su resultado depende de sus circunstancias. Estas categorías son orientativas y no garantizan un resultado.

Cuéntanos qué pasó. Te decimos si hay caso.

Sin compromiso y con criterio. Revisamos tu situación y te orientamos sobre la vía y el plazo antes de que decidas nada.