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Abogados especialistas · Toda España

Abogado de negligencias médicas por parálisis cerebral en el parto

Tu hijo tiene una parálisis cerebral que pudo evitarse. Lo sospecháis, o ya os lo han confirmado, y sabéis que el cuidado va a ser de por vida. Si creéis que algo falló en aquel parto, cuéntanos vuestro caso y lo estudiamos con un perito médico especialista para averiguar la verdad y reclamar lo que os corresponde.

Somos un despacho de abogados de negligencias médicas y llevamos casos de daño cerebral neonatal en toda España. Del lado de la familia, siempre. No hay palabras que hagan justicia a lo que vive una familia en esta situación. Habéis pasado del susto del parto al diagnóstico, y del diagnóstico a una vida entera reorganizada alrededor de vuestro hijo: terapias, rehabilitación, adaptaciones en casa, citas médicas sin fin. Y en medio de todo eso, la pregunta que no os deja: ¿por qué le pasó esto, si estábamos en un hospital?

Cuando la falta de oxígeno en el parto causa la parálisis cerebral

Muchas veces la respuesta está en una falta de oxígeno durante el parto, una hipoxia o asfixia perinatal, que se pudo prevenir. Cuando el equipo no vigiló bien el bienestar del bebé, no reaccionó ante el sufrimiento fetal o retrasó una cesárea que estaba indicada, esos minutos sin oxígeno pueden causar un daño cerebral permanente. Reconocer que eso ocurrió no cambia el diagnóstico de vuestro hijo, pero sí puede darle los recursos que va a necesitar toda su vida, y puede poner nombre a lo que pasó.

Qué es la parálisis cerebral y por qué aparece en el parto

La parálisis cerebral infantil es un trastorno permanente del movimiento y del control muscular provocado por un daño en el cerebro del bebé mientras este se está desarrollando. No es una enfermedad progresiva: la lesión no empeora con el tiempo, aunque sus consecuencias acompañan a la persona toda la vida. Ese es un concepto clave, porque significa que el daño se produjo en un momento concreto, y ese momento a veces es el parto.

Las causas de la parálisis cerebral pueden ser prenatales, durante la gestación, o perinatales, en torno al nacimiento. La mayoría de los casos tienen un origen previo al parto, ligado a infecciones, problemas genéticos o a la prematuridad, y ahí no suele haber negligencia médica. El tipo más frecuente es la parálisis cerebral espástica, que afecta al tono muscular y a la coordinación, seguida de las formas discinética, atáxica y mixta. Cuando el daño cerebral se produce por una falta de oxígeno en el nacimiento, hablamos de encefalopatía hipóxico-isquémica, y es en ese grupo donde puede existir responsabilidad sanitaria.

Causas de daño cerebral y sufrimiento fetal en el nacimiento

El sufrimiento fetal es la señal de que el feto no está recibiendo el oxígeno que necesita. Si esa privación de oxígeno se prolonga, el cerebro del bebé sufre y puede quedar una lesión irreversible. Estas son las situaciones clínicas que con más frecuencia están detrás de un daño cerebral en el parto:

  • Hipoxia o asfixia perinatal por un parto mal gestionado o excesivamente prolongado, con falta de oxígeno mantenida.
  • Problemas del cordón umbilical, como un prolapso o una circular, que interrumpen el flujo de sangre y oxígeno al bebé.
  • Desprendimiento prematuro de placenta, que corta el aporte de oxígeno de forma brusca.
  • Ictericia neonatal grave no tratada, que puede derivar en kernicterus y en daño cerebral por el exceso de bilirrubina.
  • Infecciones neonatales contraídas en torno al parto y no atendidas a tiempo.
  • Leucomalacia periventricular, más frecuente en niños prematuros.
  • Uso inadecuado de fórceps o ventosa, con un trauma físico que agrava la situación del recién nacido.

El origen suele estar en el sufrimiento fetal no atendido y en el contexto más amplio de la negligencia en el parto. Cuando el desenlace es el más grave de todos, os acompañamos también a reclamar el fallecimiento por negligencia.

Cuándo la parálisis cerebral es una negligencia médica

La parálisis cerebral tiene muchas causas y no siempre nace de una negligencia médica. Hay casos de origen genético, infeccioso o ligados a la prematuridad que nada tienen que ver con la asistencia al parto. Por eso lo primero, y lo más honesto, es estudiar si el daño de vuestro hijo tuvo su origen en una atención incorrecta.

Hablamos de mala praxis cuando la lesión provino de una hipoxia evitable durante el nacimiento y esa hipoxia se produjo porque el equipo se apartó de la lex artis. Es decir, cuando la buena práctica exigía vigilar, detectar y actuar, y algo de eso falló. Para que exista responsabilidad sanitaria tienen que encajar tres piezas: que hubo un error médico, que ese error incumplió los protocolos y que existe una relación de causa efecto entre el fallo y el daño cerebral del niño. Cuando encajan, hay derecho a reclamar una indemnización que cubra el cuidado de por vida.

Sabemos lo que está en juego para vuestra familia

Ningún importe devuelve lo perdido, y no os vamos a decir lo contrario. Pero un hijo con parálisis cerebral necesita recursos durante toda su vida, y buena parte de las familias que llegan a nuestro despacho sienten lo mismo: la certeza de que en aquella sala de partos algo no se hizo como debía, y la impotencia de no obtener respuestas claras del hospital.

No estáis buscando culpables por rencor. Estáis buscando entender si hubo un error y si el daño se pudo evitar, y garantizar el futuro de vuestro hijo. Eso es legítimo y es vuestro derecho como padres. Contadnos qué pasó en el parto y salid de dudas.

Errores en el parto que causan una parálisis cerebral

En los casos de asfixia perinatal que revisamos con un perito médico, suelen aparecer factores como estos:

  • Un registro de monitorización fetal que mostraba signos de sufrimiento del bebé, como una bradicardia mantenida, y no se atendió a tiempo.
  • Un retraso injustificado en indicar o practicar la cesárea cuando ya estaba indicada.
  • Un parto instrumental con fórceps o ventosa mal ejecutado, con maniobras que agravaron la situación.
  • Distocia de hombros mal resuelta o un expulsivo excesivamente prolongado sin actuar.
  • Reanimación neonatal tardía o deficiente tras un nacimiento comprometido.
  • Falta de control de la ictericia neonatal grave, que en algunos niños también deja lesiones cerebrales.

Cada uno de estos errores tiene algo en común: eran detectables y la respuesta llegó tarde o no llegó. Ahí es donde la buena práctica se rompió.

Cómo se detecta y se previene el sufrimiento fetal

La prevención de la parálisis cerebral de origen perinatal pasa por un control prenatal adecuado y por una vigilancia estrecha durante el parto. Durante la dilatación y el expulsivo, la monitorización fetal continua permite detectar a tiempo el sufrimiento del bebé: un registro cardiotocográfico con desaceleraciones o bradicardia es una señal de alarma que obliga a actuar. Ante un sufrimiento fetal agudo, una cesárea de emergencia realizada sin demora puede evitar el daño cerebral.

Tras el nacimiento, el pH de cordón, el test de Apgar y las pruebas de neuroimagen ayudan a confirmar si hubo falta de oxígeno y qué alcance tuvo. Cuando el equipo dispone de esos signos y no reacciona, o cuando ni siquiera los busca, la buena práctica ha fallado. Justo por eso el registro completo de esas pruebas es tan importante para vuestro caso.

Qué secuelas puede dejar el daño cerebral al nacer

La hipoxia y la encefalopatía que la sigue pueden dejar secuelas de muy distinto alcance, y cada una tiene su traducción jurídica. Entre las lesiones que valoramos con el perito médico están la afectación motora, la espasticidad y las alteraciones del movimiento, la epilepsia, los problemas de aprendizaje y del desarrollo, las dificultades de visión, audición y habla, y la necesidad de ayuda de una tercera persona para las actividades del día a día. Medir bien el daño es imprescindible: sin una valoración seria del alcance de las secuelas, ninguna reclamación se sostiene.

Cómo demuestra el abogado una negligencia en el parto

Reclamar una mala praxis no es rellenar un escrito, es construir una prueba sólida. Reunimos la historia clínica completa del embarazo, del parto y del ingreso del recién nacido, con especial atención al registro cardiotocográfico, al partograma, al pH de cordón, al test de Apgar y a los informes de neonatología y de neuroimagen. Esa historia clínica es tu derecho y se solicita por escrito al hospital; si te la niegan o la retrasan, la reclamamos por ti.

Con ese material, un perito médico especialista, normalmente en obstetricia y en neurología neonatal, analiza si hubo mala praxis y si esa mala praxis causó la lesión. Ese informe pericial es la pieza clave de toda reclamación por responsabilidad sanitaria: es lo que acredita la relación de causa efecto entre la actuación del equipo y el daño.

Con el informe planteamos la reclamación por la vía que corresponda:

  • Si el parto se atendió en la sanidad pública, se reclama como responsabilidad patrimonial de la Administración (Ley 40/2015), normalmente mediante una reclamación previa ante la consejería de sanidad de tu comunidad.
  • Si fue en un centro privado, la vía es la civil del artículo 1902 del Código Civil, con la responsabilidad civil del profesional, el hospital o su aseguradora.
  • En los casos más graves cabe además la vía penal por imprudencia profesional.

El Tribunal Supremo y las indemnizaciones por parálisis cerebral

El Tribunal Supremo ha confirmado condenas por responsabilidad sanitaria en supuestos de parálisis cerebral por sufrimiento fetal cuando se acredita que el daño era evitable y que existió relación de causa efecto con la actuación del equipo. En estas sentencias, las indemnizaciones reconocidas figuran entre las más elevadas de las negligencias médicas, precisamente porque incorporan el cuidado del niño durante toda su vida. Un matiz importante: al tratarse de un menor cuyas secuelas necesitan tiempo para estabilizarse, el plazo puede empezar a contar desde que esas secuelas quedan fijadas, no necesariamente desde el nacimiento.

Abogados de daño cerebral neonatal en toda España

No necesitáis tener el despacho en vuestra ciudad. Trabajamos con familias de toda España y la mayor parte del proceso se hace sin que tengáis que desplazaros. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito médico y llevar la reclamación de principio a fin, tanto en la sanidad pública como en la privada, para que vosotros os centréis en vuestro hijo.

Indemnización por parálisis cerebral: qué podéis reclamar

Este es el tipo de reclamación de mayor alcance dentro de las negligencias médicas, y con motivo: la indemnización tiene que cubrir el cuidado de por vida. Se valoran las secuelas neurológicas y físicas, la necesidad de una tercera persona, las terapias y la rehabilitación continuada, las adaptaciones del hogar y del vehículo, los productos de apoyo, el lucro cesante de la familia que ha reducido o dejado su trabajo, y el daño moral de todos.

El baremo de la Ley 35/2015 sirve como referencia orientativa, incluidas las partidas por gran invalidez y por ayuda de tercera persona. Podéis haceros una primera composición con nuestra calculadora de indemnización, teniendo presente que en estos casos la cifra depende por completo del alcance de las secuelas y de la esperanza de vida, y que la fija el informe pericial.

Plazos para reclamar: no lo dejéis pasar

El tiempo corre y conviene no fiarlo todo a la regla del menor. Como norma general hay un año de plazo, que en el caso de un niño con secuelas que tardan en definirse puede empezar a contar desde que esas secuelas quedan determinadas. Aun así, cada situación es distinta y lo prudente es consultar cuanto antes. Repasad el detalle en la guía de plazos para reclamar.

Por qué elegirnos

Estamos siempre del lado de la familia. Sabemos lo que hay en juego en un caso así, y por eso no damos ningún paso sin un perito médico que respalde la reclamación. Conocemos cómo se documenta un parto y dónde suelen estar los fallos, y eso marca la diferencia a la hora de sostener el caso. Trabajamos con la sensibilidad y la reserva que merece la salud de un niño. Sobre el coste, queremos que estéis tranquilos: la situación económica de la familia no debería ser el motivo por el que un caso así se quede sin reclamar. Os lo explicamos con claridad antes de dar cualquier paso, sin promesas vacías.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo la parálisis cerebral se debe a una negligencia en el parto?
Cuando la lesión provino de una falta de oxígeno evitable durante el parto y esa hipoxia se produjo porque el equipo no vigiló o no actuó como marca la buena práctica. No toda parálisis cerebral tiene ese origen, por eso hace falta un perito médico que lo determine.

¿Qué causa la parálisis cerebral por nacimiento?
La forma perinatal se relaciona sobre todo con la falta de oxígeno: un sufrimiento fetal no atendido, un problema del cordón umbilical, un desprendimiento de placenta o una reanimación tardía. También la ictericia grave no tratada. Cuando ese daño era evitable, hay base para reclamar.

¿Cuáles son las principales causas de la parálisis cerebral?
Puede deberse a factores previos al parto, como infecciones o problemas genéticos, a la prematuridad, o a una hipoxia durante el nacimiento. Solo cuando esa falta de oxígeno era evitable y se relaciona con un error del equipo hablamos de negligencia médica.

¿La parálisis cerebral empeora con el tiempo?
No. La lesión cerebral que la causa no es progresiva y no aumenta con los años, aunque sus consecuencias sean permanentes. El tratamiento busca maximizar la funcionalidad y la calidad de vida del niño.

¿Cuánto se puede reclamar por una parálisis cerebral?
No hay una cifra fija. Es de las indemnizaciones más elevadas porque incorpora el cuidado de por vida, la ayuda de tercera persona, las terapias y las adaptaciones. El importe depende del grado de las secuelas y se calcula con el baremo de la Ley 35/2015 como referencia.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si mi hijo tiene una parálisis cerebral?
Al ser un menor con secuelas que tardan en estabilizarse, el plazo puede empezar a contar desde que quedan determinadas, y no desde el parto. Aun así, cada caso es distinto y lo prudente es consultar cuanto antes para no perder derechos.

¿Cómo se demuestra que hubo hipoxia por una mala asistencia?
Con la historia clínica completa del parto y del recién nacido, el registro de monitorización fetal, el pH de cordón, el Apgar y las pruebas de neuroimagen, todo analizado por un perito médico especialista.

¿Qué es un error médico y qué tipos hay?
Un error médico es un fallo en la asistencia sanitaria. Los hay de diagnóstico, de tratamiento o cirugía, de medicación, de seguimiento y de información al paciente. Solo genera responsabilidad cuando incumple la lex artis y causa un daño evitable.

¿Qué diferencia hay entre negligencia y mala praxis?
Se usan como equivalentes: ambas describen una asistencia que se apartó de la lex artis y causó un daño evitable. El error médico es el fallo en sí, que solo genera responsabilidad cuando incumple la buena práctica y provoca un daño.

¿Cuánto cobra un abogado por una negligencia médica?
No trabajamos con tarifas cerradas ni queremos que el coste sea una barrera. En la primera valoración estudiamos vuestro caso y os explicamos con transparencia cómo planteamos el asunto, para que el coste no sea el motivo por el que renunciéis a reclamar.

Entendemos lo que estáis viviendo y no os vamos a prometer nada que no podamos sostener. Contadnos qué pasó en el parto de vuestro hijo y lo estudiamos con vosotros para deciros si hay una reclamación viable.

Enlaces útiles: sufrimiento fetal · negligencia en el parto · reclamar un fallecimiento · plazo para reclamar.

Cómo trabajamos

Primero estudiamos, luego reclamamos.

Antes de dar ningún paso, un perito médico revisa tu historia clínica y valoramos si el daño se pudo evitar. Si vemos recorrido, peleamos por la indemnización que te corresponde; si no lo vemos, te lo decimos de frente.

Trabajamos con pacientes de toda España y llevamos casi todo el proceso sin que tengas que moverte. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito y llevar la reclamación de principio a fin.

Lo primero, porque corre

El plazo para reclamar no espera a que estés listo.

La ley pone un límite y, cuando pasa, ya no hay nada que hacer aunque tuvieras razón. Por eso va aquí arriba y no escondido en una pregunta frecuente.

Sanidad pública1 año

Desde que el daño se estabiliza. Responsabilidad patrimonial.

Sanidad privadaHasta 5 años

Según el tipo de responsabilidad. Vía civil.

La claveCuándo arranca

El reloj no empieza el día del error, sino cuando el daño queda determinado.

Las tres vías para reclamar

Cada vía tiene su propio procedimiento y su propio plazo. Se decide según dónde y cómo se produjo el daño.

01 · pública

Vía administrativa

Responsabilidad patrimonial
  • Cuando el daño ocurre en la sanidad pública, frente a la Administración.
  • Conforme a la Ley 40/2015.
  • Plazo general de un año desde la estabilización de las secuelas.
  • Empieza con una reclamación administrativa previa.
02 · privada

Vía civil

Responsabilidad civil o contractual
  • Cuando el daño se produce en la sanidad privada, frente al médico, la clínica o su aseguradora.
  • Por el artículo 1902 del Código Civil, con plazo de un año.
  • O por la vía contractual, con un plazo más amplio.
  • El informe pericial sostiene la demanda.
03 · penal

Vía penal

Imprudencia profesional grave
  • Reservada a los casos más graves de imprudencia profesional.
  • Por los artículos 142 y 152 del Código Penal.
  • No es la vía habitual: la mayoría se resuelve por la patrimonial o la civil.

Elegir mal la vía puede hacer perder un buen caso. Por eso determinamos el ámbito correcto desde el principio.

Cómo trabaja un despacho de negligencias médicas

Construimos la prueba, paso a paso.

Reclamar una mala praxis no es rellenar un formulario. El proceso es siempre el mismo, para que sepas en todo momento por dónde vas.

01 / 04

Escuchamos tu caso

Reunimos la documentación, empezando por tu historia clínica completa, los informes de alta y las pruebas.

02 / 04

Un perito lo analiza

Un perito médico independiente estudia si hubo un error y si ese error causó el daño. Sin un buen informe pericial, una reclamación por negligencia médica no se sostiene ante los tribunales.

03 / 04

Elegimos la vía

Si el daño ocurrió en la sanidad pública, se reclama por responsabilidad patrimonial. Si fue en la privada, por responsabilidad civil. En los casos más graves cabe también la vía penal.

04 / 04

Reclamamos y te acompañamos

Reclamamos la indemnización y te acompañamos hasta el final, negociando con la aseguradora o litigando según convenga a tu caso.

En muchos asuntos se negocia primero con la compañía de seguros del hospital o del médico, y solo se acude al juzgado si no hay un acuerdo justo. Tú decides siempre con toda la información delante.

Tipos de caso que reclamamos

Sin nombres y sin cifras: el tipo de negligencia y la vía por la que se reclama.

Retraso de diagnóstico oncológico

Vía civil · sanidad privadaSe valora la pérdida de oportunidad terapéutica cuando el diagnóstico llega tarde.

Lesión en cirugía programada

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe estudia si la secuela era evitable a partir del informe pericial.

Falta de consentimiento informado

Vía civil · sanidad privadaSe analiza el daño derivado de una información insuficiente antes del tratamiento.

Infección tras una intervención

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe revisa si hubo un fallo en los protocolos de asepsia.

Cada caso es distinto y su resultado depende de sus circunstancias. Estas categorías son orientativas y no garantizan un resultado.

Cuéntanos qué pasó. Te decimos si hay caso.

Sin compromiso y con criterio. Revisamos tu situación y te orientamos sobre la vía y el plazo antes de que decidas nada.