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Abogados especialistas · Toda España

Abogado de negligencias médicas en cirugía general

Entraste a operarte de algo controlado (la vesícula, una hernia, el apéndice, el colon) y saliste peor: una perforación, una lesión de un órgano, una infección que se complicó. Si crees que hubo un error médico en tu cirugía, cuéntanos tu caso y lo estudiamos con un perito médico especialista.

Somos un despacho de abogados especializado en negligencias médicas y llevamos casos de mala praxis en cirugía general en toda España. Del lado del paciente, siempre. Lo primero que hacemos es estudiar tu caso antes de que des ningún paso: si no vemos recorrido, te lo decimos de frente; si lo hay, reclamamos la indemnización que te corresponde.

Cuándo una cirugía general es una negligencia médica

No todo mal resultado es una negligencia médica. Cualquier operación tiene riesgos conocidos, y hay complicaciones que ocurren aunque el equipo lo haga todo bien. Hablamos de negligencia cuando la actuación del cirujano se apartó de la lex artis, es decir, de lo que un profesional cuidadoso habría hecho en las mismas circunstancias, y ese error causó al paciente un daño que se podía haber evitado.

Para que exista responsabilidad sanitaria tienen que encajar tres piezas: que hubo un error, que ese error incumplió la buena práctica médica y que existe una relación de causa efecto entre el fallo y el daño. Conviene recordar que el cirujano tiene una obligación de medios y no de resultados: no se le exige curar siempre, pero sí actuar con la diligencia, los protocolos y los estándares que marca su especialidad. La clave casi nunca está en que surja la complicación, sino en si se vigiló, se detectó y se trató a tiempo como marca la buena práctica. Demostrar esa conducta contraria a la lex artis es, precisamente, el trabajo del abogado y del perito médico.

Cuando la operación de rutina se tuerce

La cirugía general engloba muchas de las intervenciones más comunes: vesícula, apendicitis, hernias, cirugía del colon, del intestino o del estómago. Te dicen que es algo controlado, y confías. Por eso descoloca tanto cuando aparece una complicación grave que se alarga, te devuelve al quirófano o te deja una secuela.

Puede que te operaran de algo sencillo y salieras con una lesión en otro órgano. Puede que una infección abdominal se detectara tarde y acabaras en la UCI. Mientras intentas recuperarte, escuchas que puede pasar, pero por dentro sabes que algo no cuadra.

No estás exagerando por querer entender. Como paciente tienes derecho a saber si la asistencia respetó la lex artis y, si no la respetó, a reclamar. Nosotros te ayudamos a demostrarlo. Cuéntanos tu caso y sal de dudas.

Errores en cirugía general más frecuentes

Cada intervención abdominal tiene su técnica, sus riesgos conocidos y sus protocolos de seguridad. Estos son los errores que más veces vemos convertidos en una reclamación por mala praxis:

  • Perforación o lesión de un órgano vecino durante la intervención.
  • Operación en la zona equivocada o técnica quirúrgica inadecuada.
  • Material quirúrgico olvidado en el interior del paciente (gasas, compresas, instrumental).
  • Fugas o dehiscencias de sutura no detectadas a tiempo.
  • Infección postoperatoria mal prevenida o mal tratada.
  • Retraso en reintervenir ante una complicación evidente.
  • Falta de seguimiento tras la operación pese a señales de alarma en planta.

Muchas de estas complicaciones, cuando se detectan tarde, convierten un problema menor en una urgencia vital. Si te reconoces en alguno de estos supuestos, merece la pena que un perito médico revise qué ocurrió antes de dar nada por perdido.

Cómo saber si tu cirugía fue una negligencia

No toda complicación quirúrgica implica una negligencia: hay que analizar la actuación concreta del equipo. Para que exista responsabilidad hay que demostrar dos cosas: que el médico actuó por debajo del estándar de cuidado propio de su especialidad (la lex artis) y que existe una relación causal directa entre ese fallo y el daño que has sufrido.

Estas señales orientan hacia un posible error evitable:

  • Una lesión en un órgano sano que no estaba en el plan quirúrgico.
  • El olvido de material quirúrgico (gasas, compresas, instrumental) en el interior.
  • Una infección o una fuga de sutura que se detecta tarde por falta de vigilancia postoperatoria.
  • Que no se controlara tu evolución en planta pese a fiebre, dolor intenso o mal estado.
  • Un consentimiento informado que no existía o que no detallaba los riesgos específicos de la operación.

Ante cualquiera de estas situaciones tienes derecho a pedir una segunda opinión médica y a acceder a tu historia clínica completa, incluidas las notas de quirófano y de la evolución postoperatoria. Ese es el punto de partida para saber si hay caso.

Qué secuelas puede dejar una mala praxis en cirugía general

El alcance de una negligencia en cirugía general va desde lo reversible hasta lo más grave. Entre las secuelas y lesiones que valoramos con el perito médico están el daño permanente a un órgano, las adherencias y el dolor abdominal crónico, las hernias por una sutura defectuosa, las secuelas de una sepsis abdominal, las cicatrices y el perjuicio estético, la necesidad de reintervenciones y de ingresos prolongados y, en los casos más duros, el fallecimiento del paciente.

Cada uno de esos daños tiene una traducción jurídica y económica. Por eso el primer paso siempre es medir bien el daño: sin una valoración seria, ninguna reclamación se sostiene.

Cómo demuestra el abogado una negligencia en cirugía general

Reclamar una mala praxis no es rellenar un formulario, es construir una prueba sólida. Nuestro proceso es siempre el mismo, para que sepas en todo momento por dónde vas.

El proceso empieza por reunir tu historia clínica completa: el consentimiento informado, el protocolo quirúrgico, las pruebas de imagen y los informes de la evolución postoperatoria. Ahí suele estar la clave de qué ocurrió y cuándo se detectó. Es tu derecho tenerla y, si el hospital te la niega o la retrasa, la reclamamos por ti.

Con esa documentación, un perito médico independiente determina si hubo un error médico y si el daño se pudo evitar. Ese informe pericial es la pieza clave de cualquier reclamación por responsabilidad sanitaria: es lo que acredita la relación de causa efecto entre el acto médico y el daño. Sin él, no hay caso que se sostenga ante los tribunales.

A partir de ahí elegimos la vía correcta:

  • Si el daño ocurrió en la sanidad pública, se reclama por responsabilidad patrimonial de la Administración (Ley 40/2015). El plazo general es de un año desde que las secuelas quedan estabilizadas.
  • Si fue en un centro o médico privado, se reclama por la vía civil (art. 1902 del Código Civil), también con un plazo de un año, o la contractual cuando proceda, frente al profesional, el centro o su aseguradora.

En la mayoría de casos se negocia primero con la aseguradora y solo se acude a los tribunales si no hay un acuerdo justo. Tú decides con toda la información delante.

La vía penal en una negligencia quirúrgica grave

Cuando el daño es muy grave o hay un fallecimiento, además de la reclamación económica puede caber la vía penal por imprudencia profesional. El Código Penal castiga como delito las lesiones (art. 152) y el homicidio (art. 142) causados por imprudencia grave, con penas que pueden incluir prisión, multa e inhabilitación para el ejercicio de la profesión.

No es el camino habitual: la mayoría de casos se resuelven por la vía patrimonial o civil, que suele ser más ágil para obtener la indemnización. Pero cuando la conducta del profesional fue especialmente descuidada, una denuncia y una sentencia penal pueden tener sentido. Valoramos contigo, sin prometerte un resultado, si tu caso tiene ese recorrido o si conviene centrarse en la reclamación de daños.

Abogados de cirugía general en toda España

No necesitas tener el despacho en tu ciudad. Trabajamos con pacientes de toda España y la mayor parte del proceso se hace sin que tengas que moverte. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito médico y llevar la reclamación de principio a fin. Tú te centras en recuperarte.

Como víctima de una negligencia tienes unos derechos concretos, y hacerlos valer no debería depender de tener cerca a un buen abogado. Por eso llevamos casos de mala praxis en cirugía general en cualquier comunidad, tanto en la sanidad pública como en la privada.

Indemnización por negligencia en cirugía general: qué puedes reclamar

La indemnización busca reparar todo el daño, no solo una parte. Con carácter orientativo se calcula tomando como referencia el baremo de la Ley 35/2015, el mismo que se usa en accidentes, adaptado a cada caso. Se valora:

  • Los días de ingreso y de recuperación, incluidas las reintervenciones.
  • Las secuelas permanentes que hayan quedado.
  • El daño moral, especialmente grave cuando hay un fallecimiento o una lesión irreversible.
  • El lucro cesante, si has dejado de ingresar por lo ocurrido.
  • Los gastos de tratamiento, cirugía, rehabilitación y cuidados futuros.

No podemos darte una cifra exacta sin ver tu documentación, y desconfía de quien te la prometa. Para hacerte una idea inicial, usa nuestra calculadora de indemnización. Es un punto de partida, no una cifra cerrada: cada caso se valora con su pericia.

Plazos para reclamar: no lo dejes pasar

El tiempo corre, y este es el error que más casos buenos echa a perder. Como regla general hay un año de plazo, pero no siempre empieza a contar el día de la operación: en muchos casos cuenta desde que las secuelas quedan estabilizadas y se conoce su alcance real. Como cada situación es distinta, cuanto antes lo consultes, más fuerte llega tu reclamación. Compruébalo en nuestro apartado de plazos.

Por qué elegirnos

Trabajamos solo negligencias médicas, con perito médico especializado desde el primer análisis. Conocemos cómo se documenta una intervención quirúrgica y dónde suelen estar los fallos, y eso marca la diferencia a la hora de sostener un caso. Sabemos también que abrir un procedimiento asusta, también por lo económico. Por eso planteamos el proceso de forma que el coste no sea el motivo por el que renuncies a reclamar lo que es tuyo. Te lo explicamos con transparencia antes de dar cualquier paso, sin letra pequeña y sin promesas vacías.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo un error en una operación es una negligencia médica?
Cuando el daño se pudo evitar y la actuación no respetó la lex artis. No toda complicación es negligencia, pero una lesión de un órgano sano, un material olvidado o una fuga no detectada a tiempo son supuestos que un perito médico debe revisar.

Me operaron y luego tuvieron que reintervenir, ¿puedo reclamar?
Depende de por qué hubo que reoperar. Si la reintervención fue consecuencia de un error evitable en la primera, hay recorrido. Un perito médico lo aclara con la historia clínica.

Tuve una infección tras la cirugía, ¿es reclamable?
No de forma automática. Se estudia si era evitable, si hubo un fallo de prevención o si se trató tarde. Lo analizamos caso por caso.

¿Cómo se distingue una complicación normal de una mala praxis?
Con un análisis pericial. La complicación es un riesgo asumido y bien manejado; la negligencia es un daño evitable o mal tratado. Esa diferencia es la que estudia el perito médico.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Por regla general, un año desde que las secuelas se estabilizan. Al ser un plazo corto, no conviene dejarlo pasar.

No me detallaron los riesgos de la operación, ¿eso cuenta?
Puede contar. El consentimiento informado es obligatorio en cirugía y debe recoger los riesgos específicos del procedimiento (Ley 41/2002). Un consentimiento inexistente o incompleto puede ser, por sí mismo, motivo de reclamación.

¿Tengo que demandar al cirujano?
No siempre. La mayoría de reclamaciones van por la vía patrimonial o civil contra el centro o su aseguradora, no contra la persona. La vía penal se reserva para los casos más graves.

Si una cirugía general te dejó una complicación evitable, cuéntanos tu caso. Lo estudiamos con un perito médico y te decimos con claridad si podemos ayudarte.

Enlaces útiles: negligencia por errores quirúrgicos · negligencia en aparato digestivo · infección hospitalaria · plazo para reclamar.

Cómo trabajamos

Primero estudiamos, luego reclamamos.

Antes de dar ningún paso, un perito médico revisa tu historia clínica y valoramos si el daño se pudo evitar. Si vemos recorrido, peleamos por la indemnización que te corresponde; si no lo vemos, te lo decimos de frente.

Trabajamos con pacientes de toda España y llevamos casi todo el proceso sin que tengas que moverte. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito y llevar la reclamación de principio a fin.

Lo primero, porque corre

El plazo para reclamar no espera a que estés listo.

La ley pone un límite y, cuando pasa, ya no hay nada que hacer aunque tuvieras razón. Por eso va aquí arriba y no escondido en una pregunta frecuente.

Sanidad pública1 año

Desde que el daño se estabiliza. Responsabilidad patrimonial.

Sanidad privadaHasta 5 años

Según el tipo de responsabilidad. Vía civil.

La claveCuándo arranca

El reloj no empieza el día del error, sino cuando el daño queda determinado.

Las tres vías para reclamar

Cada vía tiene su propio procedimiento y su propio plazo. Se decide según dónde y cómo se produjo el daño.

01 · pública

Vía administrativa

Responsabilidad patrimonial
  • Cuando el daño ocurre en la sanidad pública, frente a la Administración.
  • Conforme a la Ley 40/2015.
  • Plazo general de un año desde la estabilización de las secuelas.
  • Empieza con una reclamación administrativa previa.
02 · privada

Vía civil

Responsabilidad civil o contractual
  • Cuando el daño se produce en la sanidad privada, frente al médico, la clínica o su aseguradora.
  • Por el artículo 1902 del Código Civil, con plazo de un año.
  • O por la vía contractual, con un plazo más amplio.
  • El informe pericial sostiene la demanda.
03 · penal

Vía penal

Imprudencia profesional grave
  • Reservada a los casos más graves de imprudencia profesional.
  • Por los artículos 142 y 152 del Código Penal.
  • No es la vía habitual: la mayoría se resuelve por la patrimonial o la civil.

Elegir mal la vía puede hacer perder un buen caso. Por eso determinamos el ámbito correcto desde el principio.

Cómo trabaja un despacho de negligencias médicas

Construimos la prueba, paso a paso.

Reclamar una mala praxis no es rellenar un formulario. El proceso es siempre el mismo, para que sepas en todo momento por dónde vas.

01 / 04

Escuchamos tu caso

Reunimos la documentación, empezando por tu historia clínica completa, los informes de alta y las pruebas.

02 / 04

Un perito lo analiza

Un perito médico independiente estudia si hubo un error y si ese error causó el daño. Sin un buen informe pericial, una reclamación por negligencia médica no se sostiene ante los tribunales.

03 / 04

Elegimos la vía

Si el daño ocurrió en la sanidad pública, se reclama por responsabilidad patrimonial. Si fue en la privada, por responsabilidad civil. En los casos más graves cabe también la vía penal.

04 / 04

Reclamamos y te acompañamos

Reclamamos la indemnización y te acompañamos hasta el final, negociando con la aseguradora o litigando según convenga a tu caso.

En muchos asuntos se negocia primero con la compañía de seguros del hospital o del médico, y solo se acude al juzgado si no hay un acuerdo justo. Tú decides siempre con toda la información delante.

Tipos de caso que reclamamos

Sin nombres y sin cifras: el tipo de negligencia y la vía por la que se reclama.

Retraso de diagnóstico oncológico

Vía civil · sanidad privadaSe valora la pérdida de oportunidad terapéutica cuando el diagnóstico llega tarde.

Lesión en cirugía programada

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe estudia si la secuela era evitable a partir del informe pericial.

Falta de consentimiento informado

Vía civil · sanidad privadaSe analiza el daño derivado de una información insuficiente antes del tratamiento.

Infección tras una intervención

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe revisa si hubo un fallo en los protocolos de asepsia.

Cada caso es distinto y su resultado depende de sus circunstancias. Estas categorías son orientativas y no garantizan un resultado.

Cuéntanos qué pasó. Te decimos si hay caso.

Sin compromiso y con criterio. Revisamos tu situación y te orientamos sobre la vía y el plazo antes de que decidas nada.