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Abogados especialistas · Toda España

Abogado de negligencias médicas en neurología

Notaste que se te torcía la cara, que no podías mover un brazo o que las palabras no salían, fuiste a que te vieran y no se actuó con la rapidez que un ictus exige. En neurología el tiempo lo es todo. Si crees que un ictus se atendió tarde, cuéntanos tu caso y lo estudiamos con un perito médico especialista.

Cuéntanos tu caso

Un despacho especializado en negligencias de neurología

Somos un despacho de abogados especializado en negligencias médicas y defendemos al paciente y a su familia en casos de mala praxis en neurología en toda España. Un ictus tiene una ventana de pocas horas: dentro de ese margen hay tratamientos capaces de disolver el coágulo o retirarlo y de salvar buena parte del cerebro. Fuera de ese margen, el daño se vuelve irreversible. Lo primero que hacemos es estudiar tu caso con la historia clínica delante y decirte con honestidad si hubo un error médico que se pueda reclamar.

Cuándo un ictus mal atendido es una negligencia médica

No todo ictus con mal desenlace es una negligencia. El ictus, o accidente cerebrovascular, puede dejar secuelas incluso con una atención correcta. Hablamos de negligencia médica cuando la actuación se aparta de la lex artis, es decir, del estándar que la medicina exige en cuanto a rapidez de diagnóstico y de tratamiento, y ese error causa al paciente un daño evitable.

Para que exista responsabilidad sanitaria tienen que darse tres piezas: que hubo un error, que ese error incumplió la buena práctica y que existe una relación de causa a efecto entre el fallo y el daño. La clave neurológica casi siempre es la misma: el factor tiempo. Y ese factor se puede documentar hora a hora en la historia clínica, lo que convierte una sospecha en una reclamación sólida.

Un ictus es una emergencia: la ventana de tratamiento

Un ictus es una emergencia médica en la que cada minuto sin tratamiento agrava el daño cerebral, porque el cerebro pierde millones de neuronas por minuto mientras una parte se queda sin oxígeno. Por eso existe el código ictus, un protocolo que activa de forma urgente a la unidad y al equipo de neurología en cuanto se sospecha el cuadro.

Los tratamientos que reabren el vaso, la fibrinólisis para disolver el coágulo o la trombectomía para retirarlo, son eficaces sobre todo dentro de las primeras horas, en general las primeras cuatro horas y media desde el inicio de los síntomas. Un retraso en reconocer los signos, en hacer el TAC o la resonancia magnética o en activar el protocolo puede cambiar por completo la vida de una persona y la de toda su familia.

Sabemos lo duro que es. La persona que era autónoma se ha quedado con una parálisis, con problemas para hablar o con una dependencia que nadie esperaba. Y a esa pérdida se suma una duda que no deja dormir: ¿se hizo todo lo que se debía, y a tiempo? Tienes derecho a una respuesta clara sobre si hubo una mala praxis. Cuéntanos tu caso y sal de dudas.

Errores y mala praxis más frecuentes en neurología

En las reclamaciones neurológicas por ictus se repiten fallos como estos:

  • Atribuir los síntomas del ictus (cara torcida, debilidad súbita en un brazo, dificultad para hablar, un vértigo o pérdida de visión repentina) a un mareo, a la tensión o a la edad.
  • Retraso en hacer el TAC o la resonancia magnética que confirma el ictus.
  • No activar el código ictus dentro de la ventana de tratamiento.
  • Demora en administrar la fibrinólisis o en derivar para una trombectomía.
  • Hemorragias cerebrales no detectadas a tiempo o confundidas con otra cosa.
  • Meningitis o infecciones del sistema nervioso diagnosticadas tarde.
  • Complicaciones evitables en neurocirugía o falta de seguimiento posterior.

No todos estos casos son negligencia, y te lo diremos con franqueza. Pero cuando los síntomas eran claros y aun así se perdieron horas decisivas, hay razones de peso para reclamar.

Qué secuelas y daño cerebral puede dejar

Cuando un ictus se atiende tarde, el daño cerebral puede ser permanente. Entre las secuelas que valoramos con el perito médico están la parálisis o pérdida de fuerza en un lado del cuerpo, los problemas de habla, el deterioro cognitivo, la dependencia de terceros y trastornos como la heminegligencia, una alteración neuropsicológica que hace que el paciente ignore un lado del espacio o no reconozca parte de su propio cuerpo. En los casos más graves, el ictus lleva al fallecimiento.

Todas estas secuelas exigen rehabilitación, ayudas técnicas y, muchas veces, la adaptación del domicilio. Cada uno de esos daños tiene una traducción jurídica y económica, y por eso el primer paso siempre es medir bien la consecuencia del error sobre la vida del paciente.

Cómo demostramos la negligencia en un caso de ictus

Reclamar una mala praxis no es rellenar un formulario, es construir una prueba sólida. Todo empieza por la historia clínica completa, con las horas registradas: cuándo llegaste, cuándo te vieron, cuándo se pidió la prueba de imagen y cuándo se actuó. En un caso de ictus esos tiempos son la prueba principal. Si no tienes la documentación, te ayudamos a solicitarla, porque es tu derecho.

Después interviene el perito médico. Un perito de neurología revisa el caso y determina si la actuación se ajustó a la lex artis o si, con esos síntomas, se debió actuar antes. Ese informe pericial es lo que sostiene la reclamación frente al hospital o la aseguradora y lo que acredita la relación de causa a efecto entre la demora y el daño. En los ictus es muy habitual la pérdida de oportunidad: aunque no se pueda garantizar que la persona se habría recuperado del todo, el retraso le quitó una posibilidad real de un mejor resultado, y eso se indemniza.

La vía depende del ámbito. En la sanidad pública se reclama por responsabilidad patrimonial de la Administración según la Ley 40/2015, con un plazo de un año desde que las secuelas se estabilizan. En la privada, la vía es civil por el artículo 1902 del Código Civil, frente al médico, el centro o su aseguradora. En muchos casos se negocia primero con la compañía y solo se acude a los tribunales si no hay un acuerdo justo.

Abogados de negligencia neurológica en toda España

No necesitas tener el despacho en tu ciudad. Reclamamos frente a la sanidad pública y frente a centros privados en cualquier comunidad. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito médico y llevar la reclamación de principio a fin, sin que tengas que moverte. Como víctima de una negligencia tienes unos derechos concretos, y hacerlos valer no debería depender de tener cerca a un buen abogado.

Indemnización por negligencia neurológica: qué puedes reclamar

La indemnización busca reparar todo el daño. Con carácter orientativo se calcula tomando como referencia el baremo de la Ley 35/2015, adaptado a cada caso. Se valora:

  • Las secuelas neurológicas: parálisis, problemas de habla, deterioro cognitivo, dependencia de terceros.
  • La necesidad de rehabilitación, ayudas técnicas y adaptación del domicilio.
  • El daño moral por lo que se ha perdido.
  • El lucro cesante, cuando la persona ya no puede trabajar como antes.
  • En caso de fallecimiento, la indemnización que corresponde a los familiares.

No podemos darte una cifra exacta sin ver tu documentación, y desconfía de quien te la prometa. Para una primera aproximación usa nuestra calculadora de indemnización, recordando que la cantidad final depende del informe pericial.

Plazos para reclamar: no lo dejes pasar

El tiempo corre, y este es el error que más casos buenos echa a perder. Como regla general hay un año de plazo, que en la sanidad pública cuenta desde que las secuelas se estabilizan. En la vía civil los plazos pueden ser distintos según el tipo de responsabilidad. Como cada situación cambia, revísalo cuanto antes en nuestra guía de plazos, porque perder el plazo cierra la vía.

Por qué elegirnos

Somos un despacho especializado en negligencias médicas, con peritos de neurología que saben leer una historia clínica y reconstruir los tiempos de un ictus. Ese criterio médico es lo que convierte una sospecha en una reclamación sólida. Actuamos con honestidad: si no vemos negligencia, te lo decimos. Y si la hay, planteamos el asunto de manera que el coste no sea lo que te impida reclamar lo que es justo. Lo primero es escuchar tu historia.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo hay para tratar un ictus?
La medicina habla de una ventana de pocas horas, en general las primeras cuatro horas y media, para los tratamientos que reabren el vaso. Precisamente por eso el retraso pesa tanto: la historia clínica muestra si se actuó dentro de ese margen o si se perdió.

¿Qué significa negligencia en neurología?
Significa que la atención a un problema neurológico, como un ictus, no respetó la lex artis y ese fallo causó o agravó un daño evitable. Puede ser un diagnóstico tardío, no activar el código ictus o una demora en el tratamiento.

¿Cómo se demuestra una negligencia neurológica?
Con la historia clínica, los tiempos registrados y un informe de un perito médico que valora si la actuación respetó la lex artis. Hay que probar que se actuó por debajo de lo exigible y que ese fallo causó o agravó las secuelas.

¿Puedo reclamar si me mandaron a casa y luego tuve un ictus?
Puede haber base para reclamar si acudiste con síntomas neurológicos, no se hicieron las pruebas adecuadas y después se confirmó el ictus. Es un patrón que también vemos en las negligencias en urgencias y en el retraso en el diagnóstico.

¿Y si el ictus fue hace tiempo?
Depende del plazo y de cuándo se estabilizaron las secuelas. Conviene revisarlo cuanto antes, porque el año de plazo puede empezar a contar en momentos distintos según el caso.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
En la sanidad pública, un año desde la estabilización de las secuelas. En la privada, los plazos civiles cambian. Revísalo cuanto antes con nosotros para no perder la vía.

Si un ictus o un problema neurológico grave se atendió tarde, cada semana cuenta también para reclamar. Cuéntanos tu caso y lo estudiamos contigo.

Enlaces útiles: negligencia en urgencias · retraso en el diagnóstico · reclamar un fallecimiento · plazo para reclamar.

Cuéntanos tu caso

Cómo trabajamos

Primero estudiamos, luego reclamamos.

Antes de dar ningún paso, un perito médico revisa tu historia clínica y valoramos si el daño se pudo evitar. Si vemos recorrido, peleamos por la indemnización que te corresponde; si no lo vemos, te lo decimos de frente.

Trabajamos con pacientes de toda España y llevamos casi todo el proceso sin que tengas que moverte. Nos ocupamos de pedir la documentación, coordinar al perito y llevar la reclamación de principio a fin.

Lo primero, porque corre

El plazo para reclamar no espera a que estés listo.

La ley pone un límite y, cuando pasa, ya no hay nada que hacer aunque tuvieras razón. Por eso va aquí arriba y no escondido en una pregunta frecuente.

Sanidad pública1 año

Desde que el daño se estabiliza. Responsabilidad patrimonial.

Sanidad privadaHasta 5 años

Según el tipo de responsabilidad. Vía civil.

La claveCuándo arranca

El reloj no empieza el día del error, sino cuando el daño queda determinado.

Las tres vías para reclamar

Cada vía tiene su propio procedimiento y su propio plazo. Se decide según dónde y cómo se produjo el daño.

01 · pública

Vía administrativa

Responsabilidad patrimonial
  • Cuando el daño ocurre en la sanidad pública, frente a la Administración.
  • Conforme a la Ley 40/2015.
  • Plazo general de un año desde la estabilización de las secuelas.
  • Empieza con una reclamación administrativa previa.
02 · privada

Vía civil

Responsabilidad civil o contractual
  • Cuando el daño se produce en la sanidad privada, frente al médico, la clínica o su aseguradora.
  • Por el artículo 1902 del Código Civil, con plazo de un año.
  • O por la vía contractual, con un plazo más amplio.
  • El informe pericial sostiene la demanda.
03 · penal

Vía penal

Imprudencia profesional grave
  • Reservada a los casos más graves de imprudencia profesional.
  • Por los artículos 142 y 152 del Código Penal.
  • No es la vía habitual: la mayoría se resuelve por la patrimonial o la civil.

Elegir mal la vía puede hacer perder un buen caso. Por eso determinamos el ámbito correcto desde el principio.

Cómo trabaja un despacho de negligencias médicas

Construimos la prueba, paso a paso.

Reclamar una mala praxis no es rellenar un formulario. El proceso es siempre el mismo, para que sepas en todo momento por dónde vas.

01 / 04

Escuchamos tu caso

Reunimos la documentación, empezando por tu historia clínica completa, los informes de alta y las pruebas.

02 / 04

Un perito lo analiza

Un perito médico independiente estudia si hubo un error y si ese error causó el daño. Sin un buen informe pericial, una reclamación por negligencia médica no se sostiene ante los tribunales.

03 / 04

Elegimos la vía

Si el daño ocurrió en la sanidad pública, se reclama por responsabilidad patrimonial. Si fue en la privada, por responsabilidad civil. En los casos más graves cabe también la vía penal.

04 / 04

Reclamamos y te acompañamos

Reclamamos la indemnización y te acompañamos hasta el final, negociando con la aseguradora o litigando según convenga a tu caso.

En muchos asuntos se negocia primero con la compañía de seguros del hospital o del médico, y solo se acude al juzgado si no hay un acuerdo justo. Tú decides siempre con toda la información delante.

Tipos de caso que reclamamos

Sin nombres y sin cifras: el tipo de negligencia y la vía por la que se reclama.

Retraso de diagnóstico oncológico

Vía civil · sanidad privadaSe valora la pérdida de oportunidad terapéutica cuando el diagnóstico llega tarde.

Lesión en cirugía programada

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe estudia si la secuela era evitable a partir del informe pericial.

Falta de consentimiento informado

Vía civil · sanidad privadaSe analiza el daño derivado de una información insuficiente antes del tratamiento.

Infección tras una intervención

Responsabilidad patrimonial · sanidad públicaSe revisa si hubo un fallo en los protocolos de asepsia.

Cada caso es distinto y su resultado depende de sus circunstancias. Estas categorías son orientativas y no garantizan un resultado.

Cuéntanos qué pasó. Te decimos si hay caso.

Sin compromiso y con criterio. Revisamos tu situación y te orientamos sobre la vía y el plazo antes de que decidas nada.