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Negligencias médicas · Ciudad Real

Abogado de negligencias médicas en Ciudad Real

Cuando la atención recibida en un centro sanitario de Ciudad Real deja un daño que no encaja con lo que debía pasar, revisamos tu historia clínica junto a un perito médico y te decimos si hay base para reclamar, todo a distancia y sin que tengas que moverte.

  • Estudiamos tu historia clínica con un perito médico.
  • Te decimos con claridad si el daño se puede reclamar.
  • Cobertura en toda España, sin desplazamientos innecesarios.

✓ Valoración médico-legal antes de recomendarte dar ningún paso

Valoración sin compromisoCuéntanos qué ocurrió

O si lo prefieres: escríbenos por WhatsApp o llama al 600 518 563.

01Solo negligencias médicasEspecialización exclusiva
02Con perito médicoCriterio médico y jurídico
03Toda EspañaSin desplazamientos innecesarios
04Te lo decimos de frenteSin falsas expectativas

01 · Cuándo se puede reclamar

Cuándo un fallo asistencial en Ciudad Real se considera negligencia

Un resultado malo no equivale por sí solo a una negligencia. Hay complicaciones que aparecen incluso cuando el equipo médico hizo todo bien, y eso ocurre igual en el hospital público que en una consulta privada.

Hablamos de negligencia cuando la atención se desvía de la lex artis, es decir, de lo que un profesional prudente habría hecho ante el mismo cuadro, y esa desviación provoca un perjuicio que podía haberse evitado. Poco importa si sucedió en el hospital de referencia de la provincia o en un despacho médico privado: lo que se examina es si se cumplió la buena práctica.

01Un error evitable

La asistencia se separó de lo que era exigible según el estado de la medicina en ese momento.

02Un daño real

Quedó una lesión, una secuela, un empeoramiento del pronóstico o el fallecimiento del paciente.

03Una relación causal

El dictamen del perito enlaza ese error concreto con el daño que se reclama.

Lo que suele quedar sin explicar

Que te repitan que todo fue normal no siempre cierra el asunto.

Preguntar qué falló no es desconfiar del médico, es querer entender lo que te pasó.

En una ciudad del tamaño de Ciudad Real, con su hospital de referencia atendiendo a buena parte de la provincia, la inmensa mayoría de las asistencias se resuelven con corrección. Por eso, cuando algo se tuerce, tiene sentido que quieras saber dónde estuvo el fallo.

No te estás precipitando por buscar respuestas. Tienes derecho a comprobar si la atención respetó la buena práctica y, cuando no fue así, a reclamar. Lo estudiamos con un perito antes de que tomes cualquier decisión.

02 · Patrones

En qué momentos de la atención suele surgir la negligencia

El fallo puede aparecer en cualquier tramo del proceso asistencial. Estos son los escenarios que con más frecuencia terminan en una reclamación.

01

Diagnóstico tardío o equivocado

Una enfermedad que se etiqueta mal o se detecta con demasiado retraso, habiendo síntomas o pruebas que ya apuntaban en otra dirección.

02

Fallos en la intervención quirúrgica

Lesiones que podían evitarse, gasas o material que quedan dentro o una técnica ejecutada al margen de lo indicado.

03

Atención en urgencias

Un alta demasiado rápida o un ictus o un infarto que pasan inadvertidos cuando el cuadro pedía otra cosa.

04

Asistencia al parto

Secuelas en el recién nacido o en la madre derivadas de una atención al parto que no fue la correcta.

05

Errores con la medicación

Un medicamento equivocado, una dosis inadecuada o una interacción no vigilada que acaban causando un daño.

06

Infección contraída en el hospital

Una infección nosocomial que podía prevenirse con una asepsia o un control adecuados.

Verte reflejado en alguno de estos casos no prueba todavía una negligencia: solo indica que merece la pena revisar la documentación con un perito.

Orientación inicial

¿Crees que puede reclamarse?

Cuéntanos qué ocurrió y qué consecuencias tuvo. Lo revisamos con un perito antes de recomendarte dar ningún paso.

Empezar valoración →
1

Qué ocurrióUna explicación breve, sin tecnicismos.

2

Cuándo ocurrióPara comprobar los posibles plazos.

3

Qué daño causóSecuelas, agravamiento o fallecimiento.

4

Qué documentos tienesTe ayudamos a conseguir lo que falte.

04 · Construir la prueba

Cómo se prueba una negligencia médica

Reclamar no consiste en firmar un impreso, sino en levantar una prueba que se sostenga. El camino es el mismo tanto si te trató la sanidad pública como la privada.

01

Reunir la historia clínica

La Ley 41/2002 te reconoce el derecho a obtenerla. Se pide por escrito al centro de Ciudad Real donde fuiste atendido.

02

Informe pericial imparcial

Un perito médico de la especialidad contrasta lo que se hizo con los protocolos vigentes y la práctica correcta.

03

Definir la vía adecuada

Responsabilidad patrimonial de la Administración si fue la sanidad pública, vía civil si fue la privada y penal en los supuestos más graves.

04

Negociación y, si hace falta, procedimiento judicial

Se plantea la reclamación al responsable o a su aseguradora y solo se acude a juicio cuando no llega un acuerdo razonable.

Cobertura nacional

Gestionamos tu caso de Ciudad Real sin que tengas que desplazarte

No hace falta un despacho a la vuelta de la esquina. Llevamos asuntos de toda la provincia de Ciudad Real en remoto: pedimos la documentación, coordinamos al perito médico y dirigimos la reclamación de principio a fin.

  • Sanidad pública y privada de Ciudad Real
  • Trabajo pericial coordinado a distancia
  • Seguimiento del expediente en cada fase

05 · Reparación del daño

Indemnización por una negligencia médica en Ciudad Real

No hay una cantidad fija de antemano. La compensación se orienta con el baremo de la Ley 35/2015 y varía según el daño, las secuelas y cómo condicionan tu día a día.

01

Daño personal

El perjuicio personal y el tiempo hasta la estabilización del daño.

02

Secuelas

Las limitaciones físicas o psíquicas que permanecen una vez estabilizado el daño.

03

Lucro cesante

Los ingresos que dejas de percibir por bajas laborales o por una incapacidad.

04

Gastos derivados

Rehabilitación, cuidados y la asistencia de terceros que precises.

05

Fallecimiento

La compensación que corresponde a los familiares cuando el paciente fallece.

No prometemos una cifra sin analizar antes tu documentación.

Lo serio es valorar el daño con la prueba delante y luego estimar.

Solicitar una valoración →

La sanidad en Ciudad Real

La sanidad en Ciudad Real y dónde se origina la negligencia

Ciudad Real es una ciudad de cerca de 75.000 habitantes que actúa como cabecera sanitaria de buena parte de su provincia.

La atención pública se presta a través del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM), cuyo centro de referencia en la ciudad concentra la mayoría de la actividad hospitalaria y de las intervenciones complejas:

  • Hospital General Universitario de Ciudad Real

Junto al hospital público conviven la sanidad privada de la ciudad y sus consultas especializadas. Cuando el daño se produce en un centro público, la reclamación se dirige frente a la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha; cuando ocurre en la privada, frente al propio centro o su aseguradora.

Dónde se reclama

Ante qué juzgados se reclama una negligencia en Ciudad Real

La vía que hay que seguir depende de si te atendió la sanidad pública o la privada.

En la sanidad pública se reclama por responsabilidad patrimonial ante el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) y, si la respuesta no convence, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, con revisión posterior en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. En la sanidad privada se acude por la vía civil a los Juzgados de Primera Instancia de Ciudad Real. El plazo general para reclamar es de un año desde que el daño queda estabilizado.

  • Sanidad pública: reclamación previa ante el SESCAM y Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real.
  • Sanidad privada: Juzgados de Primera Instancia de Ciudad Real, frente al centro o su aseguradora.
  • Revisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha cuando procede.

06 · Importante

El tiempo corre. No dejes que el plazo decida por ti.

El plazo no siempre empieza el día de la asistencia. Puede depender de cuándo se estabilizan las secuelas o se conoce el alcance del daño.

Comprobar mi plazo →
SANIDAD PÚBLICA1 año*

Regla general desde la estabilización del daño.

SANIDAD PRIVADADepende*

Debe estudiarse la acción civil aplicable.

Por qué elegirnos

Especialización, prueba y claridad desde el principio.

01

Solo negligencias médicas

La especialización permite reconocer qué documentación y qué perito necesita el caso.

02

Perito desde el análisis

La viabilidad se estudia con criterio técnico, no solo jurídico.

03

Sin promesas vacías

Te explicamos las posibilidades, riesgos y costes antes de avanzar.

07 · Dudas

Preguntas frecuentes sobre las negligencias médicas en Ciudad Real.

¿Ante qué juzgado se reclama una negligencia médica en Ciudad Real?−

Si el daño se produjo en la sanidad pública, la reclamación se dirige primero al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) y, si se desestima, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real. Si fue en la privada, se acude a los Juzgados de Primera Instancia.

¿Qué plazo tengo para reclamar contra el SESCAM?+

Por regla general, un año desde que el daño se estabiliza y se conocen las secuelas. Es mejor no apurarlo, porque disponer de tiempo para preparar la prueba da más solidez a la reclamación.

¿Puedo reclamar si me atendieron en una clínica privada de Ciudad Real?+

Sí. En la sanidad privada la reclamación va por la vía civil frente al médico, el centro o su aseguradora. El trabajo pericial es idéntico al de un caso de la sanidad pública.

¿Podéis encargaros de mi caso si vivo en la provincia de Ciudad Real y no tenéis oficina aquí?+

Sí. La mayor parte del trabajo es documental y pericial, y se hace a distancia. Llevamos asuntos de toda la provincia de Ciudad Real sin que tengas que desplazarte.

¿En qué se diferencia una negligencia de la mala praxis?+

En el día a día se emplean casi como sinónimos. La mala praxis es la actuación que se aparta de la lex artis; la negligencia es la falta de la diligencia debida que termina causando un daño.

Cuéntanos qué ocurrió

No necesitas saber si fue negligencia.
Para eso estamos nosotros.

Revisamos tu situación, la documentación y los posibles plazos antes de que decidas nada.

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Eduardo José Curiel López de Arcaute
Revisión jurídica

Contenido revisado por Eduardo José Curiel López de Arcaute, colegiado nº 1847 del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA), responsable del área de negligencias médicas y responsabilidad sanitaria del despacho. Última revisión: 17 de agosto de 2026.

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