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Negligencias médicas · Valencia

Abogado de negligencias médicas en Valencia

Cuando una asistencia en un hospital o una clínica de Valencia deja un daño que no encaja con lo esperado, revisamos tu historia clínica junto a un perito médico y te decimos con claridad si hay caso, sin que tengas que moverte de casa.

  • Estudiamos tu historia clínica con un perito médico.
  • Te decimos con claridad si el daño se puede reclamar.
  • Cobertura en toda España, sin desplazamientos innecesarios.

✓ Valoración médico-legal antes de recomendarte dar ningún paso

Valoración sin compromisoCuéntanos qué ocurrió

O si lo prefieres: escríbenos por WhatsApp o llama al 600 518 563.

01Solo negligencias médicasEspecialización exclusiva
02Con perito médicoCriterio médico y jurídico
03Toda EspañaSin desplazamientos innecesarios
04Te lo decimos de frenteSin falsas expectativas

01 · Cuándo se puede reclamar

Cuándo un fallo asistencial en Valencia se considera negligencia

Un resultado adverso no equivale siempre a una negligencia. Hay riesgos y complicaciones que aparecen aunque el equipo médico haya actuado como debía, ocurra en la sanidad pública o en la privada.

Hablamos de negligencia cuando la atención se aleja de la lex artis, es decir, del criterio que habría seguido un profesional prudente en esa misma situación, y de ese fallo nace un daño que podía haberse evitado. Que sucediera en un gran hospital valenciano o en una consulta privada es indiferente: lo que se examina es si se cumplió con la buena práctica.

01Un fallo evitable

La atención se separó de lo que la buena práctica exigía en ese caso concreto.

02Un daño cierto

El paciente sufrió una lesión, una secuela, un empeoramiento o llegó a fallecer.

03Un nexo de causa

El informe pericial une ese fallo con el daño que finalmente se produjo.

Lo que suele quedar sin explicar

Que te repitan que todo fue correcto no siempre despeja las dudas.

Escuchar que se trató de una complicación esperable no basta cuando algo no cuadra.

En un área con la intensidad asistencial de Valencia se atienden a diario multitud de pacientes, casi siempre con buena praxis. Aun así, cuando el resultado se tuerce es lógico que quieras entender qué ocurrió realmente.

Preguntar no te convierte en alguien desconfiado. Tienes derecho a comprobar si la asistencia respetó la buena práctica y, si no fue así, a reclamar. Antes de que muevas ficha, lo estudiamos con un perito.

02 · Patrones

En qué momentos de la asistencia suele aparecer la negligencia

Un fallo puede surgir en cualquier fase del proceso asistencial. Estos son los escenarios que con más frecuencia terminan en una reclamación.

01

Diagnóstico erróneo o tardío

Un diagnóstico equivocado o que llega demasiado tarde, habiendo síntomas o pruebas que ya orientaban hacia él.

02

Fallos en el quirófano

Lesiones que podían evitarse, material quirúrgico olvidado o una técnica ejecutada al margen de lo indicado.

03

Atención en urgencias

Un alta apresurada o un ictus o un infarto que no se detectan a tiempo pese a los signos de alarma.

04

Embarazo y parto

Secuelas en el recién nacido o en la madre por una asistencia obstétrica que no fue la adecuada.

05

Errores con la medicación

Un medicamento inadecuado, una dosis mal pautada o una interacción no valorada que acaban dañando al paciente.

06

Infección nosocomial

Una infección contraída en el propio centro que era evitable con una asepsia o un control correctos.

Verte reflejado en alguno de estos casos no prueba por sí solo que haya negligencia: es la señal de que conviene revisar la documentación con un perito.

Orientación inicial

¿Crees que puede reclamarse?

Cuéntanos qué ocurrió y qué consecuencias tuvo. Lo revisamos con un perito antes de recomendarte dar ningún paso.

Empezar valoración →
1

Qué ocurrióUna explicación breve, sin tecnicismos.

2

Cuándo ocurrióPara comprobar los posibles plazos.

3

Qué daño causóSecuelas, agravamiento o fallecimiento.

4

Qué documentos tienesTe ayudamos a conseguir lo que falte.

04 · Construir la prueba

Cómo se acredita una negligencia médica

Reclamar no consiste en firmar un impreso, sino en levantar una prueba firme. El recorrido es el mismo tanto si te trataron en la pública como en la privada.

01

Reunir la historia clínica

La Ley 41/2002 te reconoce el derecho a obtenerla. Se pide por escrito al hospital o a la clínica de Valencia en la que fuiste atendido.

02

Valoración de un perito imparcial

Un médico especialista contrasta lo que se hizo con los protocolos aplicables y con la buena práctica.

03

Escoger la vía adecuada

Responsabilidad patrimonial de la Administración en la sanidad pública, vía civil en la privada y penal cuando el caso reviste especial gravedad.

04

Acuerdo o litigio

Se reclama frente al responsable o su aseguradora y solo se acude a juicio si no llega una solución justa.

Cobertura nacional

Gestionamos tu caso de Valencia sin que tengas que desplazarte

No hace falta que el despacho tenga la puerta al lado de tu casa. Llevamos asuntos de toda la Comunidad Valenciana en remoto: nos encargamos de solicitar la documentación, coordinar al perito médico y dirigir la reclamación de principio a fin.

  • Sanidad pública y privada de Valencia
  • Gestión pericial a distancia, sin desplazamientos
  • Acompañamiento durante todo el proceso

05 · Reparación del daño

Indemnización por una negligencia médica en Valencia

No hay una cantidad fija de antemano. La compensación se calcula con el baremo de la Ley 35/2015 y varía según el daño, las secuelas y cómo afectan de verdad a tu día a día.

01

Daño personal

El tiempo de recuperación y el perjuicio soportado mientras dura el proceso.

02

Secuelas

Las lesiones físicas o psíquicas que hayan quedado de forma permanente.

03

Lucro cesante

Los ingresos que dejas de ganar por bajas laborales o por una incapacidad.

04

Gastos derivados

Tratamientos, rehabilitación y la ayuda de terceras personas que necesites.

05

Fallecimiento

La compensación que corresponde a los familiares que resultan perjudicados.

No adelantamos un importe antes de ver la historia clínica.

Lo honesto es estimar el alcance real después de estudiar el daño y la prueba.

Solicitar una valoración →

La sanidad en Valencia

La sanidad valenciana y dónde se origina la negligencia

Valencia, con cerca de 800.000 habitantes, articula una densa red de hospitales que atiende tanto a la ciudad como a su área metropolitana.

La asistencia pública depende de la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana, con hospitales de referencia donde se concentra buena parte de la actividad más compleja:

  • Hospital Universitari i Politècnic La Fe
  • Hospital Clínico Universitario de Valencia
  • Hospital General Universitario de Valencia
  • Hospital Universitario Doctor Peset

Junto a ellos conviven centros privados como los de Quirónsalud y el Hospital IMED. Si el daño se produce en un centro público, la reclamación se dirige frente a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana; si ocurre en la privada, frente al centro o su compañía aseguradora.

Dónde se reclama

Ante qué juzgados se reclama una negligencia en Valencia

La vía a seguir depende de si la atención fue en la sanidad pública o en la privada.

En la sanidad pública se reclama por responsabilidad patrimonial ante la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana y, si la respuesta no convence, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, con revisión posterior en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. En la sanidad privada la reclamación se lleva por la vía civil ante los Juzgados de Primera Instancia. El plazo general es de un año desde que el daño queda estabilizado.

  • Sanidad pública: reclamación previa ante la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana y Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia.
  • Sanidad privada: Juzgados de Primera Instancia de Valencia, frente al centro o su aseguradora.
  • Revisión ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana cuando procede.

06 · Importante

El tiempo corre. No dejes que el plazo decida por ti.

El plazo no siempre empieza el día de la asistencia. Puede depender de cuándo se estabilizan las secuelas o se conoce el alcance del daño.

Comprobar mi plazo →
SANIDAD PÚBLICA1 año*

Regla general desde la estabilización del daño.

SANIDAD PRIVADADepende*

Debe estudiarse la acción civil aplicable.

Por qué elegirnos

Especialización, prueba y claridad desde el principio.

01

Solo negligencias médicas

La especialización permite reconocer qué documentación y qué perito necesita el caso.

02

Perito desde el análisis

La viabilidad se estudia con criterio técnico, no solo jurídico.

03

Sin promesas vacías

Te explicamos las posibilidades, riesgos y costes antes de avanzar.

07 · Dudas

Preguntas frecuentes sobre las negligencias médicas en Valencia.

¿Ante qué juzgado se reclama una negligencia médica en Valencia?−

Si sucedió en la sanidad pública, la reclamación se plantea primero ante la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana y, si se rechaza, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia. En la privada, la vía son los Juzgados de Primera Instancia.

¿Qué plazo tengo para reclamar contra la sanidad pública valenciana?+

Por regla general, un año desde que el daño se estabiliza y ya se conocen las secuelas. Es preferible no apurarlo, porque preparar la prueba con margen da mucha más solidez a la reclamación.

¿Puedo reclamar si me atendieron en un hospital privado de Valencia?+

Sí. En la sanidad privada la reclamación se dirige por la vía civil contra el médico, la clínica o su aseguradora. El trabajo pericial se hace igual que en la pública.

¿Podéis ocuparos de mi caso si vivo en Valencia pero no tenéis oficina aquí?+

Sí. La mayor parte del trabajo es documental y pericial y se realiza a distancia. Atendemos asuntos de toda la Comunidad Valenciana sin que tengas que desplazarte.

¿En qué se diferencia una negligencia de una mala praxis?+

En la práctica funcionan casi como sinónimos. La mala praxis es la actuación que se aparta de la lex artis; la negligencia es la falta de la diligencia debida que termina causando un daño.

Cuéntanos qué ocurrió

No necesitas saber si fue negligencia.
Para eso estamos nosotros.

Revisamos tu situación, la documentación y los posibles plazos antes de que decidas nada.

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Eduardo José Curiel López de Arcaute
Revisión jurídica

Contenido revisado por Eduardo José Curiel López de Arcaute, colegiado nº 1847 del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA), responsable del área de negligencias médicas y responsabilidad sanitaria del despacho. Última revisión: 16 de agosto de 2026.

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