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Negligencias médicas · Melilla

Abogado de negligencias médicas en Melilla

Cuando la atención en un centro sanitario de Melilla deja una secuela que no esperabas, revisamos tu historia clínica junto a un perito médico y te decimos con claridad si hay base para reclamar, todo de forma remota y sin que salgas de la ciudad.

  • Estudiamos tu historia clínica con un perito médico.
  • Te decimos con claridad si el daño se puede reclamar.
  • Cobertura en toda España, sin desplazamientos innecesarios.

✓ Valoración médico-legal antes de recomendarte dar ningún paso

Valoración sin compromisoCuéntanos qué ocurrió

O si lo prefieres: escríbenos por WhatsApp o llama al 600 518 563.

01Solo negligencias médicasEspecialización exclusiva
02Con perito médicoCriterio médico y jurídico
03Toda EspañaSin desplazamientos innecesarios
04Te lo decimos de frenteSin falsas expectativas

01 · Cuándo se puede reclamar

Cuándo un fallo asistencial en Melilla se considera negligencia

Un desenlace desfavorable no equivale a una negligencia. Hay complicaciones que aparecen aun cuando el profesional actúa con corrección, tanto en la asistencia pública como en la privada.

Hay negligencia cuando la atención se separa de la lex artis, es decir, del criterio que un profesional prudente habría seguido ante el mismo cuadro, y de esa desviación nace un daño que podía haberse evitado. Que ocurriera en el hospital público de la ciudad o en una consulta privada no cambia el fondo: se examina si se respetó la buena práctica.

01Un fallo que se podía evitar

La actuación se alejó del estándar de cuidado exigible en esas circunstancias.

02Un daño concreto

El paciente quedó con una lesión, una secuela, un empeoramiento o falleció.

03Un nexo entre ambos

El dictamen pericial enlaza el fallo con el perjuicio que se produjo.

Lo que suele quedar sin explicar

Que te repitan que todo se hizo bien no siempre cierra las dudas.

Preguntar qué ocurrió con tu salud no es desconfiar, es tu derecho.

En una ciudad del tamaño de Melilla la asistencia sanitaria se concentra en pocos recursos, y eso hace que un error de diagnóstico o de seguimiento pese aún más en la vida del paciente y de su familia.

Si algo no encaja en cómo te trataron, tienes derecho a entenderlo y, cuando corresponda, a reclamar. Antes de dar ningún paso lo estudiamos con un perito médico, para que sepas si tu caso se sostiene.

02 · Patrones

En qué momentos de la asistencia suele surgir una negligencia

Un error puede colarse en cualquier fase de la atención sanitaria. Estos son los escenarios que con más frecuencia terminan en una reclamación.

01

Diagnóstico erróneo o tardío

Una enfermedad que se etiqueta mal o que se detecta demasiado tarde pese a síntomas o pruebas que ya orientaban.

02

Fallos en la intervención quirúrgica

Lesiones evitables durante la cirugía, material retenido o una técnica alejada de lo que estaba indicado.

03

Atención en urgencias

Un alta apresurada o un cuadro grave, como un infarto o un ictus, que no se identifica a tiempo.

04

Embarazo y parto

Perjuicios para el recién nacido o para la madre por una asistencia al parto incorrecta.

05

Errores de medicación

Un medicamento inadecuado, una dosis equivocada o una interacción que acaba dañando al paciente.

06

Infección contraída en el hospital

Una infección nosocomial que podía haberse evitado con la asepsia o el control debidos.

Verte reflejado en alguno de estos casos no prueba por sí solo una negligencia: solo indica que merece la pena que un perito revise la documentación.

Orientación inicial

¿Crees que puede reclamarse?

Cuéntanos qué ocurrió y qué consecuencias tuvo. Lo revisamos con un perito antes de recomendarte dar ningún paso.

Empezar valoración →
1

Qué ocurrióUna explicación breve, sin tecnicismos.

2

Cuándo ocurrióPara comprobar los posibles plazos.

3

Qué daño causóSecuelas, agravamiento o fallecimiento.

4

Qué documentos tienesTe ayudamos a conseguir lo que falte.

04 · Construir la prueba

Cómo se prueba una negligencia médica

Reclamar no consiste en firmar un impreso, sino en levantar una prueba firme. El camino es el mismo tanto si te atendieron en la sanidad pública como en la privada.

01

Reunir la historia clínica

La Ley 41/2002 te reconoce el derecho a obtenerla. Se pide por escrito al centro de Melilla donde recibiste la asistencia.

02

Informe pericial imparcial

Un perito médico de la especialidad contrasta lo que se hizo con los protocolos y la buena práctica.

03

Escoger la vía adecuada

Responsabilidad patrimonial de la Administración en la sanidad pública, vía civil en la privada y penal en los supuestos más graves.

04

Reclamación y, si hace falta, juicio

Se plantea la reclamación al responsable o a su aseguradora y solo se litiga si no se alcanza un acuerdo razonable.

Cobertura nacional

Gestionamos tu caso de Melilla sin que tengas que desplazarte

No hace falta que el despacho tenga sede en la ciudad. Llevamos casos de toda la Ciudad Autónoma de Melilla en remoto: nos encargamos de solicitar la documentación, coordinar al perito médico y dirigir la reclamación de principio a fin.

  • Sanidad pública y privada de Melilla
  • Perito coordinado de forma telemática
  • Acompañamiento durante todo el proceso

05 · Reparación del daño

Indemnización por una negligencia médica en Melilla

No hay una cantidad fija. La compensación se orienta con el baremo de la Ley 35/2015 y varía según el daño, las secuelas y cómo afectan a tu día a día.

01

Daño personal

El tiempo de recuperación y el perjuicio soportado durante el proceso.

02

Secuelas

Las lesiones físicas o psíquicas que se quedan de forma permanente.

03

Lucro cesante

Los ingresos que pierdes por bajas o por una incapacidad.

04

Gastos derivados

Tratamientos, rehabilitación y la ayuda de terceras personas.

05

Fallecimiento

La compensación que corresponde a los familiares afectados.

No aventuramos un importe sin haber revisado el caso.

Lo sensato es valorar primero el daño y su prueba, y luego estimar.

Solicitar una valoración →

La sanidad en Melilla

La sanidad melillense y dónde se origina la negligencia

Melilla es una Ciudad Autónoma de cerca de 85.000 habitantes, con una red asistencial compacta que atiende a toda la población en un territorio reducido.

La asistencia pública en Melilla no depende de un servicio autonómico de salud, sino del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), que gestiona directamente la sanidad de la ciudad y su hospital de referencia:

  • Hospital Comarcal de Melilla

Junto al recurso público existe la sanidad privada de la ciudad, con consultas y centros a los que también acuden muchos pacientes. Cuando el daño se produce en la asistencia pública, la reclamación se dirige frente al INGESA; cuando ocurre en la privada, frente al centro o su aseguradora.

Dónde se reclama

Ante qué juzgados se reclama una negligencia en Melilla

Pública o privada: cada ámbito tiene su propia vía.

En la sanidad pública se reclama por responsabilidad patrimonial ante el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y, si la respuesta no satisface, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Melilla, con revisión en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla. En la sanidad privada se acude a los Juzgados de Primera Instancia por la vía civil. El plazo general es de un año desde que el daño queda estabilizado.

  • Sanidad pública: reclamación previa ante el INGESA y Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Melilla.
  • Sanidad privada: Juzgados de Primera Instancia de Melilla, frente al centro o su aseguradora.
  • Revisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla cuando procede.

06 · Importante

El tiempo corre. No dejes que el plazo decida por ti.

El plazo no siempre empieza el día de la asistencia. Puede depender de cuándo se estabilizan las secuelas o se conoce el alcance del daño.

Comprobar mi plazo →
SANIDAD PÚBLICA1 año*

Regla general desde la estabilización del daño.

SANIDAD PRIVADADepende*

Debe estudiarse la acción civil aplicable.

Por qué elegirnos

Especialización, prueba y claridad desde el principio.

01

Solo negligencias médicas

La especialización permite reconocer qué documentación y qué perito necesita el caso.

02

Perito desde el análisis

La viabilidad se estudia con criterio técnico, no solo jurídico.

03

Sin promesas vacías

Te explicamos las posibilidades, riesgos y costes antes de avanzar.

07 · Dudas

Preguntas frecuentes sobre las negligencias médicas en Melilla.

¿Ante qué juzgado se reclama una negligencia médica en Melilla?−

Si el daño se produjo en la sanidad pública, la reclamación se dirige primero al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y, si se rechaza, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Melilla. En la privada, ante los Juzgados de Primera Instancia.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar contra el INGESA?+

Por regla general, un año desde que el daño se estabiliza y se conocen las secuelas. Es mejor no apurarlo, porque preparar la prueba con margen refuerza la reclamación.

¿Puedo reclamar si me atendieron en un centro privado de Melilla?+

Sí. En la sanidad privada se reclama por la vía civil frente al médico, el centro o su aseguradora. El trabajo pericial es idéntico al de la pública.

¿Podéis llevar mi caso si vivo en Melilla y vosotros no estáis en la ciudad?+

Sí. La mayor parte de la labor es documental y pericial, y se hace a distancia. Trabajamos casos de toda la Ciudad Autónoma de Melilla sin que tengas que desplazarte.

¿Es lo mismo negligencia que mala praxis?+

En la práctica se emplean casi como equivalentes. La mala praxis es la actuación que se aparta de la lex artis; la negligencia es la falta de la diligencia debida que termina causando un daño.

Cuéntanos qué ocurrió

No necesitas saber si fue negligencia.
Para eso estamos nosotros.

Revisamos tu situación, la documentación y los posibles plazos antes de que decidas nada.

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Eduardo José Curiel López de Arcaute
Revisión jurídica

Contenido revisado por Eduardo José Curiel López de Arcaute, colegiado nº 1847 del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA), responsable del área de negligencias médicas y responsabilidad sanitaria del despacho. Última revisión: 17 de agosto de 2026.

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