La atención se desvió de lo que exigía la buena práctica en ese caso concreto.
Negligencias médicas · Alcobendas
Abogado de negligencias médicas en Alcobendas
Si sospechas que la asistencia recibida en el Hospital Infanta Sofía, en el centro de especialidades o en una clínica privada de la zona de Alcobendas te ha dejado un daño, revisamos tu historia clínica con un perito médico y valoramos si hay caso, todo a distancia y sin que tengas que desplazarte.
- Estudiamos tu historia clínica con un perito médico.
- Te decimos con claridad si el daño se puede reclamar.
- Cobertura en toda España, sin desplazamientos innecesarios.
✓ Valoración médico-legal antes de recomendarte dar ningún paso
O si lo prefieres: escríbenos por WhatsApp o llama al 600 518 563.
01 · Cuándo se puede reclamar
Cuándo un error médico en Alcobendas se considera negligencia
Un desenlace desfavorable no equivale por sí solo a una negligencia. Hay riesgos y complicaciones que aparecen aunque el equipo médico haya actuado de manera correcta, ya sea en la sanidad pública o en la privada.
Hablamos de negligencia cuando la atención se aleja de la lex artis, es decir, de aquello que un profesional prudente habría hecho ante el mismo cuadro, y ese desvío provoca un perjuicio que se podía haber evitado. No importa si sucedió en un hospital de referencia del norte de Madrid o en una consulta privada de Alcobendas: lo que se examina es si se cumplió la buena práctica.
El paciente arrastró una lesión, una secuela, un empeoramiento o llegó a fallecer.
El informe del perito enlaza ese fallo con el daño que se produjo.
Lo que suele quedar sin explicar
Que te manden a casa hablando de mala suerte no siempre cierra el tema.
Tienes derecho a saber si se hizo todo lo que se tenía que hacer, y cuándo.
En Alcobendas muchos vecinos son derivados fuera de la ciudad para pruebas, ingresos y cirugías, y en la mayoría de los casos la atención es correcta. Pero cuando el resultado no cuadra, es lógico querer entender qué ocurrió de verdad.
Preguntar no es desconfiar por desconfiar. Puedes pedir que un perito revise si la asistencia respetó la buena práctica y, si detecta un fallo, reclamar. Lo miramos antes de que muevas nada, para que sepas si merece la pena seguir adelante.
02 · Patrones
En qué momentos de la atención suele surgir una negligencia
Un error puede aparecer en cualquier eslabón de la asistencia. Estos son los ámbitos que con más frecuencia acaban en una reclamación.
Diagnóstico erróneo o tardío
Una patología que se confunde o que se detecta con retraso pese a síntomas o pruebas que ya la apuntaban.
Fallos en la intervención
Lesiones que se podían evitar, restos de material o una técnica quirúrgica que se apartó de lo indicado.
Atención en urgencias
Un alta prematura o un ictus o un infarto que no se identifican cuando el paciente aún estaba a tiempo.
Embarazo y parto
Perjuicios al recién nacido o a la madre por una asistencia al parto inadecuada.
Errores con la medicación
Un medicamento equivocado, una dosis desajustada o una interacción no vigilada que terminan causando daño.
Infecciones asociadas a la asistencia
Una infección adquirida en el centro por fallos de asepsia, esterilización o control que se podía haber prevenido.
Verte reflejado en alguno de estos casos no prueba por sí solo una negligencia: es la señal de que conviene que un perito examine la documentación.
Orientación inicial
¿Crees que puede reclamarse?
Cuéntanos qué ocurrió y qué consecuencias tuvo. Lo revisamos con un perito antes de recomendarte dar ningún paso.
Empezar valoración →Qué ocurrióUna explicación breve, sin tecnicismos.
Cuándo ocurrióPara comprobar los posibles plazos.
Qué daño causóSecuelas, agravamiento o fallecimiento.
Qué documentos tienesTe ayudamos a conseguir lo que falte.
04 · Construir la prueba
De qué depende que la reclamación prospere
Reclamar no consiste en presentar una queja, sino en levantar una prueba que se sostenga. El recorrido es el mismo tanto si te atendió la sanidad pública como la privada.
Reunir la historia clínica
La Ley 41/2002 te ampara para acceder a ella. Se pide por escrito al hospital, al centro de especialidades o a la clínica de Alcobendas donde te trataron.
Dictamen pericial imparcial
Un perito médico de la especialidad contrasta lo que se hizo con los protocolos y la buena práctica aplicable.
Definir la vía
Responsabilidad patrimonial de la Administración si fue la sanidad pública, vía civil si fue la privada y vía penal en los supuestos más graves.
Reclamación o pleito
Se plantea la reclamación al responsable o a su aseguradora y solo se acude a juicio si no llega un acuerdo razonable.
Cobertura nacional
Gestionamos tu caso de Alcobendas sin que te muevas de casa
No hace falta que el despacho esté en tu barrio. Llevamos casos de toda la Comunidad de Madrid en remoto: solicitamos la documentación, organizamos al perito médico y dirigimos la reclamación de principio a fin.
- Sanidad pública y privada del entorno de Alcobendas
- Gestión pericial a distancia, sin desplazamientos
- Contacto directo durante todo el caso
05 · Reparación del daño
Indemnización por una negligencia médica en Alcobendas
No hay una cantidad fija. La compensación se calcula con apoyo en el baremo de la Ley 35/2015 y varía según el daño, las secuelas y cómo repercuten en tu día a día.
Daño personal
El daño sufrido y los días de convalecencia.
Secuelas
Las lesiones físicas o psíquicas que permanecen tras el episodio.
Lucro cesante
Los ingresos que dejas de ganar por bajas o por una incapacidad.
Gastos derivados
Tratamientos, rehabilitación y la ayuda de otras personas que necesites.
Fallecimiento
La compensación que corresponde a los familiares afectados.
Lo riguroso es analizar el daño y la prueba antes de aventurar cifras.
Solicitar una valoración →La sanidad en Alcobendas
Dónde se atiende Alcobendas y dónde surge la negligencia
Alcobendas ronda los 120.000 habitantes y forma, junto a San Sebastián de los Reyes, uno de los núcleos más poblados del norte de la Comunidad de Madrid.
La atención pública depende del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS). Alcobendas no cuenta con un gran hospital público dentro de la ciudad: su centro de referencia para ingresos, urgencias y cirugía es el Hospital Universitario Infanta Sofía, situado en la vecina San Sebastián de los Reyes, mientras que las consultas de especialidades se prestan también en el propio municipio:
- Hospital Universitario Infanta Sofía (San Sebastián de los Reyes), hospital público de referencia
- Centro de Especialidades de Alcobendas, atención especializada ambulatoria del SERMAS
A la sanidad pública se suma una red privada, con centros médicos en la propia Alcobendas y grandes hospitales privados muy próximos, como el HM Sanchinarro, ya en el norte de la ciudad de Madrid. Cuando el daño se produce en un centro público, la reclamación se dirige frente a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid; cuando sucede en la privada, frente al centro o su aseguradora.
Dónde se reclama
Ante qué juzgados se reclama una negligencia en Alcobendas
Pública o privada: cada ámbito tiene su propia vía.
En la sanidad pública se reclama por responsabilidad patrimonial ante el Servicio Madrileño de Salud y, si la respuesta no convence, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, con revisión posterior en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En la sanidad privada se acude por la vía civil a los Juzgados de Primera Instancia. El plazo general es de un año desde que el daño queda estabilizado.
- Sanidad pública: reclamación previa ante el SERMAS y Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
- Sanidad privada: Juzgados de Primera Instancia, frente al centro o su aseguradora.
- Revisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid cuando procede.
06 · Importante
El tiempo corre. No dejes que el plazo decida por ti.
El plazo no siempre empieza el día de la asistencia. Puede depender de cuándo se estabilizan las secuelas o se conoce el alcance del daño.
Comprobar mi plazo →Regla general desde la estabilización del daño.
Debe estudiarse la acción civil aplicable.
* Información orientativa. Cada supuesto debe analizarse individualmente.
Por qué elegirnos
Especialización, prueba y claridad desde el principio.
Solo negligencias médicas
La especialización permite reconocer qué documentación y qué perito necesita el caso.
Perito desde el análisis
La viabilidad se estudia con criterio técnico, no solo jurídico.
Sin promesas vacías
Te explicamos las posibilidades, riesgos y costes antes de avanzar.
07 · Dudas
Preguntas frecuentes sobre las negligencias médicas en Alcobendas.
¿Ante qué juzgado se reclama una negligencia médica en Alcobendas?−
Si ocurrió en la sanidad pública, la reclamación se dirige primero al Servicio Madrileño de Salud y, si se rechaza, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Si fue en la privada, ante los Juzgados de Primera Instancia.
¿Qué plazo tengo para reclamar contra el SERMAS?+
Por regla general, un año desde que el daño se estabiliza y ya se conocen las secuelas. Es mejor no apurarlo, porque preparar la prueba con margen refuerza la reclamación.
¿Puedo reclamar si me atendieron en una clínica privada de Alcobendas?+
Sí. En la sanidad privada se reclama por la vía civil frente al médico, el centro o su aseguradora. El trabajo pericial es idéntico al de la pública.
¿Podéis llevar mi caso si vivo en Alcobendas y no estáis en la ciudad?+
Sí. La mayor parte del trabajo es documental y pericial y se realiza a distancia. Llevamos casos de toda la Comunidad de Madrid sin que tengas que desplazarte.
¿Es lo mismo negligencia que mala praxis?+
En la práctica se emplean casi como sinónimos. La mala praxis es la actuación que se aleja de la lex artis; la negligencia es la falta de la diligencia debida que acaba causando un daño.
Cuéntanos qué ocurrió
No necesitas saber si fue negligencia.
Para eso estamos nosotros.
Revisamos tu situación, la documentación y los posibles plazos antes de que decidas nada.

Contenido revisado por Eduardo José Curiel López de Arcaute, colegiado nº 1847 del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA), responsable del área de negligencias médicas y responsabilidad sanitaria del despacho. Última revisión: 17 de agosto de 2026.


