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Negligencias médicas · Dos Hermanas

Abogado de negligencias médicas en Dos Hermanas

Cuando un paciente de Dos Hermanas sospecha que la asistencia recibida en Valme, en un centro de especialidades o en una clínica privada le ha dejado un daño, revisamos su historia clínica junto a un perito médico y le decimos con claridad si hay caso, todo a distancia.

  • Estudiamos tu historia clínica con un perito médico.
  • Te decimos con claridad si el daño se puede reclamar.
  • Cobertura en toda España, sin desplazamientos innecesarios.

✓ Valoración médico-legal antes de recomendarte dar ningún paso

Valoración sin compromisoCuéntanos qué ocurrió

O si lo prefieres: escríbenos por WhatsApp o llama al 600 518 563.

01Solo negligencias médicasEspecialización exclusiva
02Con perito médicoCriterio médico y jurídico
03Toda EspañaSin desplazamientos innecesarios
04Te lo decimos de frenteSin falsas expectativas

01 · Cuándo se puede reclamar

Cuándo un fallo asistencial en Dos Hermanas se considera negligencia

Que la evolución sea mala no basta para hablar de negligencia. Hay complicaciones que aparecen aunque los profesionales hagan bien su trabajo, tanto en la sanidad pública andaluza como en la privada.

Hablamos de negligencia solo cuando la atención se separa de la lex artis, es decir, de lo que habría hecho un profesional prudente en esa misma situación, y de esa separación nace un daño que se podía haber evitado. El sitio donde ocurriera, un hospital de referencia o una consulta privada de la ciudad, no cambia lo esencial: se examina si se respetó la buena práctica.

01Un fallo evitable

La atención no siguió el estándar que el caso exigía y podía haberse hecho de otro modo.

02Un daño concreto

Quedó una lesión, una secuela, un empeoramiento o se produjo el fallecimiento.

03Un nexo causal

El informe pericial une ese fallo con el daño que sufrió el paciente.

Lo que suele quedar sin explicar

Aceptar una respuesta que no cuadra tampoco es una opción.

Oír que “todo fue como tenía que ir” no siempre encaja con lo que viviste.

En una ciudad como Dos Hermanas, con cerca de 140.000 vecinos, cada día se atienden muchísimas consultas y la mayoría transcurren con normalidad. El problema llega cuando algo se tuerce y nadie te explica por qué.

Preguntar no es desconfiar de nadie. Tienes derecho a saber si la asistencia siguió lo que debía y, si no fue así, a pedir cuentas. Antes de mover ficha, un perito revisa contigo qué ocurrió realmente.

02 · Patrones

En qué momentos de la asistencia suele surgir la negligencia

Un error puede colarse en cualquier fase del proceso médico. Estos son los escenarios que con más frecuencia acaban en una reclamación.

01

Diagnóstico erróneo o tardío

Un diagnóstico que se equivoca o que se demora pese a síntomas o pruebas que ya apuntaban en otra dirección.

02

Fallos en el quirófano

Lesiones que se podían evitar, gasas o material olvidados o una técnica ejecutada fuera de lo indicado.

03

Atención en urgencias

Un alta demasiado rápida o un ictus o un infarto que no se detectan cuando aún había margen.

04

Parto y ginecología

Perjuicios para el recién nacido o para la madre por una atención al parto que no fue la correcta.

05

Errores con la medicación

Un medicamento inadecuado, una dosis mal calculada o una interacción que terminó causando daño.

06

Infección intrahospitalaria

Una infección contraída en el centro que un buen control de asepsia habría evitado.

Verte reflejado en alguno de estos casos no prueba por sí mismo que hubo negligencia: solo indica que merece la pena que un perito mire la documentación.

Orientación inicial

¿Crees que puede reclamarse?

Cuéntanos qué ocurrió y qué consecuencias tuvo. Lo revisamos con un perito antes de recomendarte dar ningún paso.

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1

Qué ocurrióUna explicación breve, sin tecnicismos.

2

Cuándo ocurrióPara comprobar los posibles plazos.

3

Qué daño causóSecuelas, agravamiento o fallecimiento.

4

Qué documentos tienesTe ayudamos a conseguir lo que falte.

04 · Construir la prueba

De qué depende que la reclamación prospere

Reclamar no consiste en presentar una queja, sino en levantar una prueba firme. El camino es el mismo tanto si te atendieron en el SAS como en la sanidad privada.

01

Historia clínica al completo

La Ley 41/2002 te da derecho a pedirla. Se reclama por escrito al hospital, al centro de especialidades o a la clínica de Dos Hermanas donde te trataron.

02

Peritaje médico independiente

Un perito de la especialidad implicada contrasta lo que se hizo con los protocolos y la buena práctica.

03

Decisión de la vía

Responsabilidad patrimonial frente al SAS en la pública, vía civil en la privada y penal cuando la gravedad lo justifica.

04

Reclamación o juicio

Se plantea la reclamación al responsable o a su aseguradora y solo se pleitea si no llega un acuerdo justo.

Cobertura nacional

Gestionamos tu caso de Dos Hermanas sin que salgas de casa

No hace falta un despacho en tu misma calle. Llevamos asuntos de Dos Hermanas y de toda el área sur de Sevilla en remoto: pedimos la documentación, coordinamos al perito médico y dirigimos la reclamación de principio a fin.

  • Sanidad pública del SAS y privada de Dos Hermanas
  • Coordinación pericial sin desplazamientos
  • Acompañamiento en cada fase del caso

05 · Reparación del daño

Indemnización por una negligencia médica en Dos Hermanas

No hay una cantidad fija. La compensación se orienta con el baremo de la Ley 35/2015 y depende del daño, de las secuelas y de cómo afectan a tu día a día.

01

Daño personal

El daño sufrido y los días de convalecencia.

02

Secuelas

Las lesiones físicas o psíquicas que permanecen tras el tratamiento.

03

Lucro cesante

Los ingresos que dejas de ganar por bajas o por una incapacidad.

04

Gastos derivados

Tratamientos, rehabilitación y la ayuda de otras personas que necesites.

05

Fallecimiento

La compensación que corresponde a los familiares que resultan perjudicados.

No hablamos de cantidades sin ver la historia clínica.

Lo responsable es cuantificar el daño con la prueba y después estimar.

Solicitar una valoración →

La sanidad en Dos Hermanas

La sanidad nazarena y dónde se origina la negligencia

Dos Hermanas, con cerca de 140.000 habitantes, es la segunda ciudad de la provincia de Sevilla y no cuenta con un gran hospital propio.

La atención pública depende del Servicio Andaluz de Salud (SAS), dentro del Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla. La ciudad dispone de un centro de especialidades para consultas, pero la asistencia hospitalaria se coordina con los hospitales de referencia del área:

  • Hospital Universitario Virgen de Valme (Sevilla)
  • Hospital de El Tomillar (Alcalá de Guadaíra)

Junto a la red pública funciona la sanidad privada, con centros como el Hospital San Agustín en la propia Dos Hermanas. Cuando el daño se genera en un centro público, la reclamación se dirige frente a la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía; cuando ocurre en la privada, frente al centro o su aseguradora.

Dónde se reclama

Ante qué juzgados se reclama una negligencia en Dos Hermanas

El camino depende de si te atendieron en la pública o en la privada.

En la sanidad pública se reclama por responsabilidad patrimonial ante el Servicio Andaluz de Salud y, si la respuesta no convence, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, con revisión en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En la sanidad privada se acude a los Juzgados de Primera Instancia por la vía civil. El plazo general es de un año desde que el daño queda estabilizado.

  • Sanidad pública: reclamación previa ante el Servicio Andaluz de Salud y Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla.
  • Sanidad privada: Juzgados de Primera Instancia, frente al centro o su aseguradora.
  • Revisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía cuando procede.

06 · Importante

El tiempo corre. No dejes que el plazo decida por ti.

El plazo no siempre empieza el día de la asistencia. Puede depender de cuándo se estabilizan las secuelas o se conoce el alcance del daño.

Comprobar mi plazo →
SANIDAD PÚBLICA1 año*

Regla general desde la estabilización del daño.

SANIDAD PRIVADADepende*

Debe estudiarse la acción civil aplicable.

Por qué elegirnos

Especialización, prueba y claridad desde el principio.

01

Solo negligencias médicas

La especialización permite reconocer qué documentación y qué perito necesita el caso.

02

Perito desde el análisis

La viabilidad se estudia con criterio técnico, no solo jurídico.

03

Sin promesas vacías

Te explicamos las posibilidades, riesgos y costes antes de avanzar.

07 · Dudas

Preguntas frecuentes sobre las negligencias médicas en Dos Hermanas.

¿Ante qué juzgado se reclama una negligencia médica en Dos Hermanas?−

Si el daño se produjo en la sanidad pública, la reclamación se dirige primero al Servicio Andaluz de Salud y, si se rechaza, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla. En la privada, ante los Juzgados de Primera Instancia.

¿Qué plazo tengo para reclamar contra el Servicio Andaluz de Salud?+

Por regla general, un año desde que el daño se estabiliza y ya se conocen las secuelas. Conviene no apurarlo, porque preparar la prueba con margen refuerza la reclamación.

¿Puedo reclamar si me atendieron en una clínica privada de Dos Hermanas?+

Sí. En la sanidad privada se reclama por la vía civil frente al médico, la clínica o su aseguradora. El trabajo pericial es idéntico al de la pública.

¿Podéis llevar mi caso si vivo en Dos Hermanas y vosotros no estáis aquí?+

Sí. Buena parte del trabajo es documental y pericial, y se hace a distancia. Llevamos casos de Dos Hermanas y del resto del área sur de Sevilla sin que tengas que desplazarte.

¿Es lo mismo negligencia que mala praxis?+

En la práctica se emplean casi como sinónimos. La mala praxis es la actuación que se aleja de la lex artis; la negligencia es la falta de diligencia debida que acaba causando un daño.

Cuéntanos qué ocurrió

No necesitas saber si fue negligencia.
Para eso estamos nosotros.

Revisamos tu situación, la documentación y los posibles plazos antes de que decidas nada.

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Eduardo José Curiel López de Arcaute
Revisión jurídica

Contenido revisado por Eduardo José Curiel López de Arcaute, colegiado nº 1847 del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA), responsable del área de negligencias médicas y responsabilidad sanitaria del despacho. Última revisión: 17 de agosto de 2026.

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