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Negligencias médicas · Alicante

Abogado de negligencias médicas en Alicante

Cuando la atención recibida en un hospital o una clínica de Alicante deja un daño que no encaja, revisamos tu historia clínica junto a un perito médico y te decimos con claridad si hay caso, todo a distancia y sin que tengas que moverte.

  • Estudiamos tu historia clínica con un perito médico.
  • Te decimos con claridad si el daño se puede reclamar.
  • Cobertura en toda España, sin desplazamientos innecesarios.

✓ Valoración médico-legal antes de recomendarte dar ningún paso

Valoración sin compromisoCuéntanos qué ocurrió

O si lo prefieres: escríbenos por WhatsApp o llama al 600 518 563.

01Solo negligencias médicasEspecialización exclusiva
02Con perito médicoCriterio médico y jurídico
03Toda EspañaSin desplazamientos innecesarios
04Te lo decimos de frenteSin falsas expectativas

01 · Cuándo se puede reclamar

Cuándo un fallo asistencial en Alicante se convierte en negligencia

Un desenlace desfavorable no equivale por sí mismo a una negligencia. Hay complicaciones que aparecen aun cuando el equipo médico hace bien su trabajo, y eso ocurre igual en la red pública que en la privada.

Hablamos de negligencia cuando la asistencia se separa de la lex artis, es decir, de lo que un profesional prudente habría hecho ante el mismo cuadro clínico, y de esa desviación nace un daño que podía haberse evitado. Que sucediera en un gran hospital alicantino o en una consulta privada no cambia el análisis: lo determinante es si se respetó la buena praxis.

01Una desviación evitable

La actuación se salió de lo que la buena práctica exigía en ese momento.

02Un perjuicio concreto

El paciente arrastró una lesión, una secuela, un empeoramiento o llegó a fallecer.

03Un nexo causal

El informe pericial une ese fallo con el daño que se produjo después.

Lo que suele quedar sin explicar

Que te repitan que todo fue dentro de lo previsto no siempre cierra la pregunta.

Escuchar “son cosas que pasan” no es lo mismo que recibir una explicación.

Alicante mueve cada jornada una enorme cantidad de consultas, ingresos e intervenciones, y en la inmensa mayoría el resultado es correcto. El problema surge cuando algo se tuerce y nadie te aclara por qué ni con qué fundamento.

Querer entender lo que ocurrió no es desconfiar del sistema. Tienes derecho a comprobar si la asistencia respetó la buena praxis y, si no fue así, a pedir cuentas. Antes de cualquier paso, lo ponemos en manos de un perito que lo estudie.

02 · Patrones

En qué momentos de la asistencia suele aparecer una negligencia

El fallo puede colarse en cualquier fase del proceso asistencial. Estos son los escenarios que con más frecuencia terminan en una reclamación.

01

Diagnóstico erróneo o tardío

Un diagnóstico equivocado, o que llega cuando ya es tarde, pese a síntomas o pruebas que anticipaban el problema.

02

Fallos en el quirófano

Lesiones evitables, restos de material olvidados o una técnica ejecutada fuera de lo indicado.

03

Atención en urgencias

Un alta apresurada o un ictus o un infarto que no se detectan a tiempo.

04

Embarazo y parto

Daños al recién nacido o a la madre por una asistencia al parto mal conducida.

05

Errores con la medicación

Un fármaco inadecuado, una dosis mal calculada o una interacción que acaba provocando un daño.

06

Infecciones intrahospitalarias

Una infección contraída en el centro que era evitable con la asepsia o el control debidos.

Verte reflejado en alguno de estos casos no prueba todavía una negligencia: es la señal de que conviene poner la documentación delante de un perito.

Orientación inicial

¿Crees que puede reclamarse?

Cuéntanos qué ocurrió y qué consecuencias tuvo. Lo revisamos con un perito antes de recomendarte dar ningún paso.

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1

Qué ocurrióUna explicación breve, sin tecnicismos.

2

Cuándo ocurrióPara comprobar los posibles plazos.

3

Qué daño causóSecuelas, agravamiento o fallecimiento.

4

Qué documentos tienesTe ayudamos a conseguir lo que falte.

04 · Construir la prueba

Cómo se demuestra una negligencia médica

Reclamar no consiste en firmar un impreso, sino en levantar una prueba firme. La secuencia se repite tanto si te trataron en la sanidad pública como en la privada.

01

Reunir la historia clínica

La Ley 41/2002 te ampara para acceder a ella. Se pide por escrito al hospital o a la clínica de Alicante donde fuiste atendido.

02

Valoración pericial imparcial

Un perito médico de la especialidad contrasta lo que se hizo con los protocolos y la buena práctica aplicables.

03

Decidir la vía adecuada

Responsabilidad patrimonial de la Administración en la pública, vía civil en la privada y penal cuando la gravedad lo justifica.

04

Reclamación o pleito

Se plantea la reclamación al responsable o a su aseguradora y solo se acude al juzgado si no llega un acuerdo justo.

Cobertura nacional

Gestionamos tu caso de Alicante sin que tengas que desplazarte

El despacho no tiene por qué estar en tu barrio para defenderte. Llevamos asuntos de toda la provincia de Alicante en remoto: pedimos nosotros la documentación, coordinamos al perito médico y dirigimos la reclamación de principio a fin.

  • Sanidad pública y privada de Alicante
  • Coordinación con el perito sin que te muevas
  • Seguimiento en cada fase del proceso

05 · Reparación del daño

Indemnización por una negligencia médica en Alicante

No hay una cantidad predeterminada. La compensación se orienta con el baremo de la Ley 35/2015 y varía según el daño, las secuelas y cómo condicionan tu día a día.

01

Daño personal

Los días de baja y el sufrimiento mientras dura la recuperación.

02

Secuelas

Las limitaciones físicas o psíquicas que quedan de forma permanente.

03

Lucro cesante

Los ingresos que pierdes por bajas prolongadas o por una incapacidad.

04

Gastos derivados

Tratamientos, rehabilitación y la ayuda de terceras personas.

05

Fallecimiento

La compensación que corresponde a los familiares afectados.

No ponemos una cantidad sobre la mesa sin estudiar la prueba.

Lo prudente es medir el daño con su prueba antes de dar una cifra.

Solicitar una valoración →

La sanidad en Alicante

Cómo se organiza la sanidad alicantina y dónde surge la negligencia

Alicante, con cerca de 340.000 habitantes, es la segunda ciudad de la Comunidad Valenciana y concentra una intensa actividad hospitalaria.

La atención pública se enmarca en la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana, que estructura la asistencia por departamentos de salud apoyados en los hospitales de referencia de la ciudad:

  • Hospital General Universitario Doctor Balmis
  • Hospital Universitario de San Juan de Alicante

Junto a ellos opera una red privada con los centros de Quirónsalud, Vithas y HLA. Si el daño ocurre en un centro público, la reclamación se dirige contra la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana; si se produce en la privada, contra el propio centro o su aseguradora.

Dónde se reclama

Ante qué juzgados se reclama una negligencia en Alicante

La vía que corresponde depende de si te atendieron en la red pública o en la privada.

En la sanidad pública se reclama por responsabilidad patrimonial ante la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana y, si la resolución no convence, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, con posterior revisión en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. En la sanidad privada se litiga por la vía civil ante los Juzgados de Primera Instancia. El plazo general es de un año desde que el daño queda estabilizado.

  • Sanidad pública: reclamación previa ante la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana y Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Alicante.
  • Sanidad privada: Juzgados de Primera Instancia de Alicante, frente al centro o su aseguradora.
  • Revisión ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana cuando procede.

06 · Importante

El tiempo corre. No dejes que el plazo decida por ti.

El plazo no siempre empieza el día de la asistencia. Puede depender de cuándo se estabilizan las secuelas o se conoce el alcance del daño.

Comprobar mi plazo →
SANIDAD PÚBLICA1 año*

Regla general desde la estabilización del daño.

SANIDAD PRIVADADepende*

Debe estudiarse la acción civil aplicable.

Por qué elegirnos

Especialización, prueba y claridad desde el principio.

01

Solo negligencias médicas

La especialización permite reconocer qué documentación y qué perito necesita el caso.

02

Perito desde el análisis

La viabilidad se estudia con criterio técnico, no solo jurídico.

03

Sin promesas vacías

Te explicamos las posibilidades, riesgos y costes antes de avanzar.

07 · Dudas

Preguntas frecuentes sobre las negligencias médicas en Alicante.

¿Ante qué juzgado se reclama una negligencia médica en Alicante?−

Si el daño se produjo en la sanidad pública, la reclamación se dirige primero a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana y, si se desestima, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Alicante. En la privada, la demanda va a los Juzgados de Primera Instancia.

¿Qué plazo tengo para reclamar frente a la sanidad pública?+

Por regla general, un año desde que el daño se estabiliza y se conocen las secuelas. Es mejor no apurarlo, porque disponer de tiempo para preparar la prueba da más solidez a la reclamación.

¿Puedo reclamar si me operaron en un hospital privado de Alicante?+

Sí. En la sanidad privada la reclamación va por la vía civil contra el médico, la clínica o su compañía aseguradora. El trabajo pericial es idéntico al de la pública.

¿Podéis ocuparos de mi caso si vivo en Alicante y vosotros no tenéis sede aquí?+

Sí. Gran parte del asunto es documental y pericial, y se resuelve a distancia. Trabajamos casos de toda la provincia de Alicante sin que tengas que desplazarte.

¿En qué se diferencia la negligencia de la mala praxis?+

En el uso corriente funcionan casi como sinónimos. La mala praxis es la actuación que se aparta de la lex artis; la negligencia es la falta de la diligencia debida que termina causando un daño.

Cuéntanos qué ocurrió

No necesitas saber si fue negligencia.
Para eso estamos nosotros.

Revisamos tu situación, la documentación y los posibles plazos antes de que decidas nada.

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Eduardo José Curiel López de Arcaute
Revisión jurídica

Contenido revisado por Eduardo José Curiel López de Arcaute, colegiado nº 1847 del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA), responsable del área de negligencias médicas y responsabilidad sanitaria del despacho. Última revisión: 17 de agosto de 2026.

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