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Negligencias médicas · Palma

Abogado de negligencias médicas en Palma

Cuando sospechas que la asistencia recibida en un centro sanitario de Palma no fue la correcta, revisamos tu historia clínica junto a un perito médico y te decimos con honestidad si hay base para reclamar, todo a distancia y sin que muevas un papel.

  • Estudiamos tu historia clínica con un perito médico.
  • Te decimos con claridad si el daño se puede reclamar.
  • Cobertura en toda España, sin desplazamientos innecesarios.

✓ Valoración médico-legal antes de recomendarte dar ningún paso

Valoración sin compromisoCuéntanos qué ocurrió

O si lo prefieres: escríbenos por WhatsApp o llama al 600 518 563.

01Solo negligencias médicasEspecialización exclusiva
02Con perito médicoCriterio médico y jurídico
03Toda EspañaSin desplazamientos innecesarios
04Te lo decimos de frenteSin falsas expectativas

01 · Cuándo se puede reclamar

Cuándo un error asistencial en Palma se considera negligencia

Un resultado adverso no equivale siempre a una negligencia. La medicina tiene riesgos y hay complicaciones que aparecen aunque el equipo haya hecho su trabajo con corrección, dentro y fuera de la red pública.

Hablamos de negligencia cuando la atención se desvía de la lex artis, es decir, del proceder que un profesional prudente habría seguido ante ese mismo cuadro, y de ese incumplimiento nace un daño que podía haberse evitado. Tanto si te trataron en un hospital de Son Espases como en una clínica privada de la ciudad, lo determinante es si se respetó la buena práctica.

01Un fallo evitable

La actuación se separó del estándar de cuidado exigible en esa situación concreta.

02Un perjuicio real

Quedó una lesión, una secuela, un empeoramiento del cuadro o el fallecimiento del paciente.

03Un nexo causal

El informe pericial enlaza ese fallo con el daño que finalmente se produjo.

Lo que suele quedar sin explicar

Que te repitan que todo fue normal no siempre cierra la pregunta.

Merecías una explicación clara de lo que pasó, no un final sin respuestas.

En una isla que atiende a residentes y a una gran población flotante durante buena parte del año, la carga asistencial es intensa y la inmensa mayoría de la atención es correcta. Aun así, cuando algo se tuerce, es legítimo querer entender el porqué.

Preguntar no es desconfiar. Tienes derecho a comprobar si la asistencia se ajustó a la buena práctica y, si no lo hizo, a pedir responsabilidades. Antes de que decidas nada, un perito lo estudia contigo.

02 · Patrones

En qué momentos de la asistencia surgen las negligencias

Un error puede colarse en cualquier fase del proceso médico. Estos son los escenarios que con más frecuencia acaban en una reclamación.

01

Diagnóstico erróneo o tardío

Una patología que se confunde o que se detecta demasiado tarde, pese a existir síntomas o pruebas que ya orientaban.

02

Fallos en el quirófano

Lesiones que podían evitarse, cuerpos extraños olvidados o una técnica quirúrgica alejada de lo indicado.

03

Atención en urgencias

Un alta apresurada o un ictus o un infarto que pasan inadvertidos cuando el tiempo era decisivo.

04

Embarazo y parto

Secuelas para el recién nacido o para la madre por una atención al parto que no siguió el protocolo.

05

Errores de medicación

Un medicamento inadecuado, una dosis equivocada o una interacción no vigilada que terminan causando daño.

06

Infecciones intrahospitalarias

Una infección contraída en el centro por fallos de higiene o de control que podían haberse prevenido.

Verte reflejado en alguno de estos casos no prueba por sí mismo una negligencia: solo indica que merece la pena revisar la documentación con un perito.

Orientación inicial

¿Crees que puede reclamarse?

Cuéntanos qué ocurrió y qué consecuencias tuvo. Lo revisamos con un perito antes de recomendarte dar ningún paso.

Empezar valoración →
1

Qué ocurrióUna explicación breve, sin tecnicismos.

2

Cuándo ocurrióPara comprobar los posibles plazos.

3

Qué daño causóSecuelas, agravamiento o fallecimiento.

4

Qué documentos tienesTe ayudamos a conseguir lo que falte.

04 · Construir la prueba

Cómo acreditamos que hubo negligencia

Reclamar no consiste en presentar una queja, sino en levantar una prueba firme. El camino es el mismo tanto si la atención fue pública como privada.

01

Reunir la historia clínica

La Ley 41/2002 te ampara para acceder a ella. Se pide por escrito al hospital o a la clínica de Palma donde recibiste la atención.

02

Valoración de un perito imparcial

Un médico especialista contrasta lo que se hizo con los protocolos aplicables y con la buena práctica del momento.

03

Determinar la vía adecuada

Responsabilidad patrimonial de la Administración si fue la sanidad pública, vía civil en la privada y penal en los supuestos más graves.

04

Reclamar y litigar si es necesario

Se plantea la reclamación frente al responsable o su aseguradora y solo se acude a los tribunales si no llega un acuerdo razonable.

Cobertura nacional

Gestionamos tu caso de Palma sin que tengas que desplazarte

No hace falta que el abogado tenga despacho en tu barrio. Llevamos asuntos de toda Mallorca y del resto de las Islas Baleares en remoto: nos encargamos de solicitar la documentación, coordinar al perito médico y dirigir la reclamación desde el inicio hasta el final.

  • Sanidad pública y privada de Palma
  • Gestión pericial a distancia, sin desplazamientos
  • Te acompañamos de principio a fin

05 · Reparación del daño

Indemnización por una negligencia médica en Palma

No hay una cantidad predeterminada. La compensación se calcula con el baremo de la Ley 35/2015 y depende del daño concreto, de las secuelas y de cómo afectan a tu día a día.

01

Daño personal

El tiempo de recuperación y el padecimiento sufrido a lo largo del proceso.

02

Secuelas

Las lesiones físicas o psicológicas que hayan quedado de forma permanente.

03

Lucro cesante

Los ingresos que dejas de percibir por bajas laborales o por una incapacidad.

04

Gastos derivados

Tratamientos, rehabilitación y la ayuda de otras personas que necesites.

05

Fallecimiento

La compensación que corresponde a los familiares que resultan perjudicados.

No damos una cifra sin haber leído la documentación clínica.

Lo serio es valorar el daño con la prueba delante y luego estimar.

Solicitar una valoración →

La sanidad en Palma

La sanidad de Palma y dónde se origina la negligencia

Palma reúne cerca de 420.000 habitantes y concentra los grandes recursos hospitalarios de Mallorca, que también atienden a pacientes de toda la isla.

La atención pública se organiza a través del Servicio de Salud de las Islas Baleares (IB-Salut), con hospitales de referencia donde se resuelven los casos de mayor complejidad:

  • Hospital Universitari Son Espases
  • Hospital Universitari Son Llàtzer

Junto a ellos funciona una red privada de peso, con los centros de Quirónsalud (Clínica Rotger y Palmaplanas) y el Grupo Juaneda. Cuando el daño se produce en un centro público, la reclamación se dirige contra la Consejería de Salud del Gobierno de las Islas Baleares; si ocurre en la privada, frente al propio centro o su aseguradora.

Dónde se reclama

Ante qué juzgados se reclama una negligencia en Palma

El camino depende de si te atendieron en la pública o en la privada.

En la sanidad pública se reclama por responsabilidad patrimonial ante el Servicio de Salud de las Islas Baleares (IB-Salut) y, si la contestación no resulta satisfactoria, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Palma, con revisión posterior en el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares. En la sanidad privada se acude a los Juzgados de Primera Instancia por la vía civil. El plazo general es de un año desde que el daño queda estabilizado.

  • Sanidad pública: reclamación previa ante el IB-Salut y Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Palma.
  • Sanidad privada: Juzgados de Primera Instancia de Palma, frente al centro o su aseguradora.
  • Revisión ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares cuando procede.

06 · Importante

El tiempo corre. No dejes que el plazo decida por ti.

El plazo no siempre empieza el día de la asistencia. Puede depender de cuándo se estabilizan las secuelas o se conoce el alcance del daño.

Comprobar mi plazo →
SANIDAD PÚBLICA1 año*

Regla general desde la estabilización del daño.

SANIDAD PRIVADADepende*

Debe estudiarse la acción civil aplicable.

Por qué elegirnos

Especialización, prueba y claridad desde el principio.

01

Solo negligencias médicas

La especialización permite reconocer qué documentación y qué perito necesita el caso.

02

Perito desde el análisis

La viabilidad se estudia con criterio técnico, no solo jurídico.

03

Sin promesas vacías

Te explicamos las posibilidades, riesgos y costes antes de avanzar.

07 · Dudas

Preguntas frecuentes sobre las negligencias médicas en Palma.

¿Ante qué juzgado se reclama una negligencia médica en Palma?−

Si la atención fue en la sanidad pública, la reclamación se dirige primero al Servicio de Salud de las Islas Baleares (IB-Salut) y, de desestimarse, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Palma. Si fue en la privada, ante los Juzgados de Primera Instancia.

¿Qué plazo tengo para reclamar contra el IB-Salut?+

Por regla general, un año desde que el daño se estabiliza y se conocen las secuelas. Es mejor no apurarlo, porque preparar la prueba con margen da más solidez a la reclamación.

¿Puedo reclamar si me atendieron en una clínica privada de Palma?+

Sí. En la sanidad privada la reclamación va por la vía civil frente al médico, el centro o su compañía de seguros. El trabajo pericial es idéntico al de la pública.

¿Podéis ocuparos de mi caso si vivo en Palma y no estáis en la isla?+

Sí. La mayor parte del trabajo es documental y pericial, y se hace en remoto. Atendemos casos de toda Mallorca y de las Islas Baleares sin que tengas que desplazarte.

¿En qué se diferencia una negligencia de la mala praxis?+

En la práctica funcionan casi como sinónimos. La mala praxis es la actuación que se aleja de la lex artis; la negligencia es la falta de la diligencia debida que acaba provocando un daño.

Cuéntanos qué ocurrió

No necesitas saber si fue negligencia.
Para eso estamos nosotros.

Revisamos tu situación, la documentación y los posibles plazos antes de que decidas nada.

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Eduardo José Curiel López de Arcaute
Revisión jurídica

Contenido revisado por Eduardo José Curiel López de Arcaute, colegiado nº 1847 del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA), responsable del área de negligencias médicas y responsabilidad sanitaria del despacho. Última revisión: 17 de agosto de 2026.

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