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Negligencias médicas · Parla

Abogado de negligencias médicas en Parla

Cuando la atención en un centro sanitario de Parla deja un daño que no encaja con lo que te explicaron, pedimos tu historia clínica, la revisamos con un perito médico y te decimos con claridad si hay base para reclamar. Todo a distancia, sin que tengas que moverte.

  • Estudiamos tu historia clínica con un perito médico.
  • Te decimos con claridad si el daño se puede reclamar.
  • Cobertura en toda España, sin desplazamientos innecesarios.

✓ Valoración médico-legal antes de recomendarte dar ningún paso

Valoración sin compromisoCuéntanos qué ocurrió

O si lo prefieres: escríbenos por WhatsApp o llama al 600 518 563.

01Solo negligencias médicasEspecialización exclusiva
02Con perito médicoCriterio médico y jurídico
03Toda EspañaSin desplazamientos innecesarios
04Te lo decimos de frenteSin falsas expectativas

01 · Cuándo se puede reclamar

Cuándo un fallo asistencial en Parla se considera negligencia

Un resultado adverso no equivale a una negligencia. Hay evoluciones que se tuercen aunque el equipo médico haya hecho las cosas bien, y eso ocurre igual en la sanidad pública que en la privada.

Hablamos de negligencia cuando la asistencia se separa de la lex artis, es decir, de lo que un profesional prudente habría hecho ante el mismo cuadro, y esa desviación provoca un perjuicio que se podía haber evitado. Que sucediera en el hospital de referencia de Parla o en una consulta privada no cambia el fondo: lo que se examina es si se cumplió la buena práctica.

01Una actuación indebida

La asistencia no siguió lo que la buena práctica exigía en esa situación concreta.

02Un perjuicio comprobable

El paciente acabó con una lesión, una secuela, un empeoramiento o falleció.

03Un nexo causal

El dictamen del perito une ese fallo con el daño que se produjo.

Lo que suele quedar sin explicar

Que te manden a casa con un “ya se pasará” no siempre cierra el asunto.

Tener dudas sobre lo que ocurrió no es desconfiar, es querer entenderlo.

Parla es una ciudad joven y en crecimiento, con familias que confían su salud al sistema público y a las consultas privadas de la zona sur. La inmensa mayoría de esa atención es correcta, pero cuando algo se sale de lo previsto es lógico que necesites saber qué falló.

Preguntar no te convierte en alguien conflictivo. Tienes derecho a comprobar si la asistencia respetó lo exigible y, si no lo hizo, a reclamar. Antes de que muevas ficha, lo contrastamos con un perito que pone cifras y criterio a lo que pasó.

02 · Patrones

En qué momentos de la atención suele surgir una negligencia

Un error puede colarse en cualquier eslabón del proceso asistencial. Estos son los escenarios que con más asiduidad terminan en una reclamación.

01

Diagnóstico tardío o erróneo

Una enfermedad que se etiqueta mal o que se detecta con retraso pese a síntomas o pruebas que ya apuntaban a ella.

02

Complicaciones quirúrgicas

Daños evitables durante una intervención, material quedado en el cuerpo o una técnica ejecutada de forma incorrecta.

03

Atención en urgencias

Un alta prematura o un cuadro grave, como un ictus o un infarto, que no se identifica cuando aún había margen.

04

Asistencia al embarazo y al parto

Lesiones en el recién nacido o en la madre por un seguimiento o una atención al parto que no fueron los adecuados.

05

Fallos con la medicación

Un medicamento equivocado, una dosis errónea o una interacción no vigilada que acaban dañando al paciente.

06

Infecciones intrahospitalarias

Una infección contraída en el centro que podía haberse prevenido con una asepsia o un control correctos.

Identificarte con alguno de estos casos no prueba por sí mismo que hubo negligencia: solo señala que merece la pena revisar la documentación con un perito.

Orientación inicial

¿Crees que puede reclamarse?

Cuéntanos qué ocurrió y qué consecuencias tuvo. Lo revisamos con un perito antes de recomendarte dar ningún paso.

Empezar valoración →
1

Qué ocurrióUna explicación breve, sin tecnicismos.

2

Cuándo ocurrióPara comprobar los posibles plazos.

3

Qué daño causóSecuelas, agravamiento o fallecimiento.

4

Qué documentos tienesTe ayudamos a conseguir lo que falte.

04 · Construir la prueba

Cómo se demuestra una negligencia médica

Reclamar no consiste en firmar un impreso, sino en levantar una prueba que se sostenga. El camino es el mismo tanto si te trataron en la red pública como en un centro privado.

01

Reunir la historia clínica

La Ley 41/2002 te da derecho a obtenerla. Se pide por escrito al hospital o al centro de Parla en el que recibiste la asistencia.

02

Informe de un perito independiente

Un médico de la especialidad implicada contrasta lo que se hizo con los protocolos y la práctica correcta, y lo plasma en un dictamen.

03

Determinar la vía

Responsabilidad patrimonial cuando el daño es de la sanidad pública, vía civil si fue en la privada y vía penal en los supuestos más graves.

04

Reclamar o pleitear

Se plantea la reclamación al responsable o a su aseguradora y solo se acude a los tribunales si no llega un acuerdo razonable.

Cobertura nacional

Trabajamos tu caso de Parla sin que tengas que desplazarte

No hace falta que el despacho tenga la puerta en tu barrio. Llevamos asuntos de toda la Comunidad de Madrid en remoto: nos encargamos de reclamar la documentación, coordinar al perito médico y dirigir todo el procedimiento hasta el final.

  • Sanidad pública y privada de Parla y su entorno
  • Trabajo pericial coordinado en remoto
  • Acompañamiento en cada fase del proceso

05 · Reparación del daño

Indemnización por una negligencia médica en Parla

No hay una cantidad fijada de antemano. La compensación se calcula con el baremo de la Ley 35/2015 y varía según el daño, las secuelas y cómo afectan a tu día a día.

01

Daño personal

El tiempo de recuperación y el perjuicio padecido mientras dura el proceso.

02

Secuelas

Las consecuencias físicas o psíquicas que queden de forma permanente.

03

Lucro cesante

Los ingresos que dejas de ganar por bajas o por una incapacidad.

04

Gastos derivados

Los gastos de tratamiento, rehabilitación y cuidados posteriores.

05

Fallecimiento

La compensación que corresponde a los familiares perjudicados.

No prometemos una cifra sin haber visto la documentación.

Lo serio es dar una estimación realista una vez valorados el daño y la prueba que lo respalda.

Solicitar una valoración →

La sanidad en Parla

La sanidad en Parla y dónde se origina la negligencia

Parla es uno de los grandes municipios del sur de Madrid, con cerca de 130.000 habitantes y una población notablemente joven.

La atención pública en la ciudad depende del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), cuyo hospital de referencia para Parla y su comarca es:

  • Hospital Universitario Infanta Cristina

Parla no cuenta con un gran hospital privado propio, de modo que la asistencia privada se canaliza a través de policlínicas y consultas de la ciudad y de los centros privados del área sur de Madrid. Cuando el daño se genera en la red pública, la reclamación se dirige frente a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid; si ocurre en un centro privado, frente al propio centro o su aseguradora.

Dónde se reclama

Ante qué juzgados se reclama una negligencia en Parla

La vía a seguir cambia según te atendieran en la sanidad pública o en la privada.

En la sanidad pública se reclama por responsabilidad patrimonial ante el Servicio Madrileño de Salud y, si la respuesta no convence, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Parla, con posterior revisión en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En la sanidad privada la reclamación se plantea por la vía civil ante los Juzgados de Primera Instancia. El plazo general es de un año desde que el daño queda estabilizado.

  • Sanidad pública: reclamación previa ante el SERMAS y Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Parla.
  • Sanidad privada: Juzgados de Primera Instancia de Parla, frente al centro o su aseguradora.
  • Revisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid cuando procede.

06 · Importante

El tiempo corre. No dejes que el plazo decida por ti.

El plazo no siempre empieza el día de la asistencia. Puede depender de cuándo se estabilizan las secuelas o se conoce el alcance del daño.

Comprobar mi plazo →
SANIDAD PÚBLICA1 año*

Regla general desde la estabilización del daño.

SANIDAD PRIVADADepende*

Debe estudiarse la acción civil aplicable.

Por qué elegirnos

Especialización, prueba y claridad desde el principio.

01

Solo negligencias médicas

La especialización permite reconocer qué documentación y qué perito necesita el caso.

02

Perito desde el análisis

La viabilidad se estudia con criterio técnico, no solo jurídico.

03

Sin promesas vacías

Te explicamos las posibilidades, riesgos y costes antes de avanzar.

07 · Dudas

Preguntas frecuentes sobre las negligencias médicas en Parla.

¿Ante qué juzgado se reclama una negligencia médica en Parla?−

Si el daño se produjo en la sanidad pública, primero se presenta la reclamación ante el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) y, de desestimarse, se acude a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Parla. Si fue en un centro privado, la vía son los Juzgados de Primera Instancia.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar contra el SERMAS?+

Por regla general, un año desde que el daño se estabiliza y se conoce el alcance de las secuelas. Es mejor no apurarlo, porque preparar la prueba con margen hace más fuerte la reclamación.

¿Puedo reclamar si me atendieron en una clínica privada de Parla?+

Sí. En la sanidad privada la reclamación va por la vía civil contra el médico, la clínica o su compañía de seguros. El método pericial que empleamos es idéntico al de la pública.

¿Podéis ocuparos de mi caso aunque viva en Parla y vosotros no estéis aquí?+

Sí. La parte principal del trabajo es documental y pericial, y se realiza a distancia. Llevamos casos de toda la Comunidad de Madrid sin que tengas que desplazarte.

¿En qué se diferencian negligencia y mala praxis?+

En la práctica funcionan casi como sinónimos. La mala praxis es la actuación que se aparta de la lex artis; la negligencia es la falta del cuidado debido que termina causando un daño.

Cuéntanos qué ocurrió

No necesitas saber si fue negligencia.
Para eso estamos nosotros.

Revisamos tu situación, la documentación y los posibles plazos antes de que decidas nada.

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Eduardo José Curiel López de Arcaute
Revisión jurídica

Contenido revisado por Eduardo José Curiel López de Arcaute, colegiado nº 1847 del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA), responsable del área de negligencias médicas y responsabilidad sanitaria del despacho. Última revisión: 17 de agosto de 2026.

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